El Juzgado de lo Penal número 8 de Málaga tiene previsto juzgar el próximo miércoles día 30 de este mes de noviembre al que fuera administrador único de la promotora Aifos, por un delito de insolvencia punible por, presuntamente, traspasar a otra empresa, de la que también era administrador, bienes con el fin de ocultárselos a los acreedores y evitar embargos.

En esta causa, que ha tenido más de ocho años de instrucción, el ministerio fiscal no acusa, por lo que la acusación la ejerce sólo el departamento de Derecho Penal del despacho Ley 57 Abogados en nombre de sus clientes, que solicita para Jesús Ruiz Casado cuatro años de cárcel por, presuntamente, traspasar a otra empresa, de la que también era administrador, un total de 138 fincas.

Así, la acusación particular en esta causa, dirigida por el letrado Carlos Cómitre, en representación de un matrimonio que compró una vivienda a la promotora, que nunca recibió, considera que el objetivo de Jesús Ruiz Casado para llevar a cabo ese traspaso era "ocultar" a los acreedores esos bienes y evitar acciones judiciales sobre los mismos.

Según el escrito de conclusiones provisionales del abogado, el acusado "diseñó y orquestó una aparente operación de dación en pago" de 138 fincas por valor de 17,2 millones de euros más IVA a otra sociedad de la que también era administrador. Se precisa que la mayoría de éstas estaba libre de carga, "frente al restante patrimonio de Aifos, que se encontraba hipotecado" en su mayor parte.

De esta forma, se indica en dicho documento de la acusación particular, al que tuvo acceso Europa Press, que estos bienes "se ocultaron a los acreedores evitando que los mismos fueron objeto de procedimientos de apremio y persecución en los más de 400 pleitos iniciados contra Aifos antes de que se orquestara la pretendida dación en pago".

Entre las fincas se encontraba, según consta en las conclusiones iniciales de esa parte acusadora, "el derecho de vuelo sobre la planta baja de tres bloques de la promoción Terrazas de Torreblanca", en la localidad malagueña de Fuengirola, cuyo embargo preventivo se ordenó por un juzgado pero no se pudo trabar por esa dación en pago.

Esta parte considera que ese derecho de vuelo cedido "sólo tiene valor real dentro del patrimonio de Aifos, pues se refiere a una de sus construcciones ya realizadas", por lo que concluye que "el traspaso de la misma a título gratuito sólo puede esconder una clara intención de evitar, precisamente, su embargo por los acreedores de Aifos".

Esta causa fue archivada dos veces por el juzgado, pero la Audiencia decidió en marzo de 2014 reabrirla, al considerar que, aunque no se había ordenado aún el embargo cuando se produjo la dación, en aquellas fechas "ya se habían iniciado unas 400 reclamaciones contra Aifos", por lo que "era previsible que se produjera la situación de insolvencia que dio lugar al concurso".

En este sentido, la Audiencia estimó que esta cesión supuso "como mínimo, un favorecimiento de un acreedor en perjuicio de los restantes, incumpliendo el deudor el deber de mantener íntegro su patrimonio como garante universal en beneficio de sus acreedores", apuntando que los perjudicados en esta causa "han visto seriamente dificultado y obstaculizado el cobro de sus legítimos derechos".

Al respecto, la acusación particular incide en el planteamiento expuesto por la Audiencia en cuanto a que los acreedores vieron "dificultado" el cobro de sus derechos de crédito "con la actuación del imputado" y se vieron obligados "a la espera de lo que se resuelva en el procedimiento concursal lo que posiblemente no habría sucedido si la cesión de bienes no se hubiese producido".

Por esto, esta parte considera que los hechos se corresponden con un delito de insolvencia punible, por el que pide que se condene a Ruiz Casado a cuatro años de cárcel y multa de 20 meses. Además, se solicita que estos dos compradores sean indemnizados con la cantidad de 69.000 euros, cifra por la cual figuraban como acreedores dentro del concurso de Aifos.