Las XVI Jornadas Jurídicas Por el diálogo, organizadas por la Asociación Profesional de la Magistratura (APM) y Unicaja en la sede de la entidad financiera de la capital, abordaron ayer la mesa redonda «Impugnación de la paternidad. Filiación. Cuestiones procesales», una oportunidad para escuchar a los grandes expertos juristas del país en materia de maternidad subrogada. La abogada de familia y expresidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA), Gabriela Domingo, consideró que hay que dar una respuesta única en la Unión Europea a esta realidad para que no haya resoluciones contradictorias entre distintos tribunales.

«Es un tema en el que hay que tener muchos factores en cuenta. Hay que tener mucho cuidado. La legislación europea va en el sentido de no darle valor a este tipo de filiación que se consigue con la maternidad subrogada. Hay que conjugar muchos valores, principios fundamentales y derechos que pueden estar en colisión», dijo, para asegurar: «Hay que tener en cuenta únicamente un tema: el resultado final, muchas veces estas actuaciones, que no son correctas, se tratan de traer a nuestro ordenamiento jurídico por otros caminos. Y el resultado que me puede preocupar más: la situación de esos niños que se quedan muchas veces en el limbo jurídico, niños a los que hay que darles una solución jurídica, combinar la legalidad, lo que debe ser, pero sobre todo dar una respuesta uniforme en toda Europa».

Domingo recordó que una sentencia del Tribunal Europea de Derechos Humanos que considera una maternidad subrogada no válida, «de forma que el niño ha sido dado en adopción a otras personas». «Debemos conjugar la seguridad jurídica, el valor de las mujeres, porque no puede mercantilizarse con ellas, sobre todo en países donde la pobreza pueda abocar a buscar estas soluciones, y dar soluciones a cuestiones concretas cuando ya están hechas».

En toda Europa hay comisiones que tratan de estudiar ya una solución unánime, porque es necesario que no nos «encontremos con países donde se admite y otros que no, y eso dé lugar a que lleguen después a España como ha ocurrido hace muy poco con el Tribunal Superior de Justicia de Madrid: no se admite en Rusia dar un salvoconducto para traer un niño a España de una maternidad subrogada porque no había ninguna resolución jurídica en aquel país que dijera que se había cumplido con la legalidad, ni que la madre había sido informada correctamente, no se tenía un consentimiento que tuviera plenitud de las garantías judiciales».

En su opinión, insistió, lo ideal sería una única respuesta a estas cuestiones. «Una cosa para mí son las cuestiones de hecho y otra a nivel teórico, hay que tener mucho cuidado. Debe estudiarse por expertos y ha de procederse a legislar con pleno conocimiento de los intereses en juego, el bien de los niños y el bien de las mujeres». Preguntada por el limbo jurídico en el que pueden quedar estos niños, precisó que «a algunos sí puede ocurrirles eso, pero en otros casos concretos la cosa se puede solucionar a través de la adopción».

José Javier Díez, magistrado de la Sección V de la Audiencia Provincial de Málaga, habló sobre las indemnizaciones por daño moral a padre de hijos concebidos en el matrimonio de los que no son progenitores biológicos por una infidelidad de la mujer. «Esto ocurre como consecuencia del incumplimiento del deber de fidelidad, que se regula en el artículo 68 del Código Civil, que es uno de los principios básicos a la hora de contraer matrimonio». «Ocurre cuando se engendran uno o varios hijos en un vínculo matrimonial como consecuencia de una infidelidad, pues eso puede generar un daño moral o físico y eso puede ser indemnizado. Ahí viene el juego de la jurisprudencia, el Tribunal Supremo es bastante reacio, sólo cinco sentencias han tratado el tema, son reacios a que el Derecho de Familia entre en cuestiones de responsabilidad contractual».