Las cuentas de la empresa Onda Azul correspondientes a 2015 han sido modificadas unilateralmente por la dirección de la empresa, sin que esos cambios hayan sido sometidos al control del Consejo de Administración ni de la Junta General de la empresa, como es preceptivo.

Las cuentas de 2015 fueron formuladas en marzo de 2016 por el Consejo de Administración y posteriormente aprobadas por la Junta General el 30 de junio de 2016, y fueron inscritas en el Registro Mercantil. Ahora, al presentar las cuentas de 2016, que se verán en el Consejo de Administración convocado para hoy y al hacer una comparativa con los datos del ejercicio anterior (2015), esas cifras aparecen modificadas en algunos capítulos de tal manera que el resultado final de las cuentas de 2015, según fueron aprobadas en su día, quedan alteradas de tal forma que si el ejercicio 2015, según la cuentas que figuran en el Registro Mercantil, acabó con un resultado positivo de 11.029 euros, en las que se presentan hoy el resultado final es de 5.310 euros de pérdidas.

Capítulos

Varios capítulos, como el de otros gastos de explotación y el de la imputación de las subvenciones han sido modificados. La dirección lo justifica en la memoria que firma la gerente, Vanessa Martín Ayoza, pero no explica por qué esos cambios no han sido sometidos a discusión y aprobación del Consejo de Administración ni de la Junta General.

Memoria explicativa

En la memoria explicativa de las cuentas de 2016, la gerente señala que en las cuentas aprobadas de 2015 se han realizado «determinados ajustes y reclasificaciones con respecto a lo aprobado» y lo justifica para «mejorar la presentación» y la «comparación de los saldos», y añade que con ello se altera el «patrimonio neto de la sociedad y los resultados del ejercicio».

Algunos auditores consultados señalan que si bien cualquier sociedad mercantil puede realizar modificaciones en sus cuentas ya aprobadas y registradas, debido a alteraciones obligadas, éstas deben someterse siempre a la aprobación del Consejo de Administración y de la Junta General, que son los órganos acreditados para ese fin, pero no los órganos directivos de la mercantil, que no tienen esa competencia.