A la playa, a tomar el sol y bañarse. Eso es básicamente lo que la normativa municipal permite hacer en las playas de Málaga. La ordenanza prohíbe muchas actividades bajo amenaza de sanción, que pueden llegar a los 3.000 euros, así que cuidado con lo que se hace. Aquí dejamos una serie de recomendaciones para refrescar la memoria y que un día de playa no acabe en disgusto y sanción.

Un día en la playa puede ser una actividad de ocio muy barata. O no. Depende del grado de cumplimiento de la Ordenanza de Playas, aprobada en 2004 y quizá no tan conocida como debiera, que contempla multas de hasta 3.000 euros. El régimen sancionador de la actual ordenanza, con 17 años ya a sus espaldas, establece dos tipos de multas. Las leves pueden alcanzar los 300 euros, mientras que las graves pueden oscilar entre los 301 y los 3.000 euros. Son sumas que pueden representar una muy mala noticia a alguien que lleve su perro a la playa, haga una barbacoa en la arena, se ponga a pescar a media tarde o vaya con un equipo de música a la playa. La música, sólo con auriculares.

No obstante, hay cosas que pueden salir más caras que otras. Sobre todo aquellas que impliquen que la arena se ensucie. La ordenanza establece once infracciones que se consideran graves directamente. De ellas, cinco se refieren a actitudes que contaminan el entorno, como dejar basura o realizar moragas y barbacoas fuera de los lugares y fechas establecidas. Estas últimas están restringidas a las zonas reservadas por el Ayuntamiento para ello, con instalaciones de obra para las que hay que pedir un permiso previo al Consistorio. Estos permisos no serán necesarios en tres fechas concretas en las que es tradicional celebrar las moragas: la noche de San Juan, la festividad de la Virgen del Carmen y la noche del pregón inaugural de la Feria de Málaga.

El fuego es un aspecto sobre el que se tiene especial cuidado, tanto por los residuos que deja en la arena como por el riesgo de accidentes. Así, se prohíben las hogueras, las bombonas de gas o echar materiales en combustión en los contenedores de basura.

Una imagen relativamente común hace un tiempo y que también prohíbe el Ayuntamiento es la venta ambulante de productos alimenticios, bajo amenaza de multa grave, ya que se pone en riesgo la salud por el consumo de alimentos que están expuestos a altas temperaturas.

Jugar al fútbol o a las palas también está considerada una actividad molesta para los usuarios de la playa y, por tanto, susceptible de ser multada si no cumple un mínimo, como que se desarrolle a más de seis metros de distancia del resto de personas. Eso si la playa es suficientemente grande. El paseo, la estancia y el baño pacíficos en la playa y en el mar, tienen preferencia sobre cualquier otro uso.

Límites a la pesca

La afición a la pesca que hay en Málaga también tiene que acomodarse a una serie de limitaciones horarias, en especial durante la temporada de baño, que es desde el 1 de junio al 30 de septiembre. Entre esas fechas sólo se podrá pescar o muy de mañana o por la noche, ya que está vetada esta práctica entre las 10.00 y las 21.00 horas, ambas incluidas, tanto en la modalidad de pesca desde la orilla como la submarina. El objetivo es facilitar la convivencia entre el uso de la playa como zona de baño y la pesca, evitando el posibles accidentes por los aparejos.

Otra limitación curiosa es que la ordenanza impide la publicidad en la playa, tanto con carteles como con vallas o medios acústicos o audiovisuales que molesten a los usuarios. Eso sí, las avionetas podrán seguir pasando con sus pancartas al viento.

Otras prohibiciones importantes son estas:

  • Baño en el mar: No se podrá usar ni gel ni champú para lavarse dentro del mar. Sólo está permitido utilizar las duchas o lavapiés, pero también sin jabón. Además, tampoco se podrán limpiar enseres de cocina.
  • Vehículos. Está terminantemente prohibido circular o dejar cualquier tipo de vehículo en la arena. En cambio, «están expresamente autorizados» los carritos de minusválidos, que podrán circular y estacionar en la playa.
  • Fútbol y palas. La ordenanza desaconseja la práctica deportiva molesta, como el fútbol o las palas, en playas que sean pequeñas. Sólo se permite en las de mayor tamaño siempre que sea a más de 6 metros de la gente.
  • Acampada. Acampar en la playa está prohibido, como el uso de cualquier elemento estable para ocupar espacio en la arena. Los infractores tendrán que levantar el campamento de manera inmediata a requerimiento policial.