Los delitos de violencia doméstica en Málaga y provincia durante 2016, es decir, fundamentalmente el maltrato a personas mayores por parte de hijos u otros familiares, alcanzaron los 496 expedientes frente a los 298 de 2015, lo que supone un incremento del 66% interanual, según los datos contenidos en la memoria de la Fiscalía Superior de Andalucía.

En su memoria, el ministerio público asegura que cuando se abren diligencias de investigación por este motivo se insta de forma inmediata a la entidad pública, a través de la Delegación Provincial de Salud, Igualdad y Bienestar Social, «para dar cobertura a estas personas». Ello supone la simplificación de acceso a los recursos y servicios que la normativa autonómica reconoce a los mayores. El decreto de la Consejería de Asuntos Sociales de 3 de febrero de 2004 se recoge el deber primordial de asistencia a los mayores víctimas de malos tratos «adjudicándoles en un plazo mínimo de diez días asistencia y servicios o centro asistencial, siendo la Fiscalía un importante instrumento de presión para agilizar tales ingresos asistenciales».

También presiona el ministerio fiscal para que estos mayores puedan acceder a las ayudas de la dependencia. «No obstante, nos seguimos encontrando con la contrariedad legal y exclusión de la situación asistencial en nombre de los mayores maltratados. Se ha interesado por la Fiscalía en nombre de la persona en situación de riesgo, y tras una investigación de tal estado de desasistencia y maltrato, tales ayudas sociales», subraya el ministerio público, que añade que en todos los casos se ha contestado por tal entidad que la petición sólo puede ser instada «por la persona que pueda estar bajo algún estado de dependencia». Son intervenciones de oficio por parte del fiscal, con y sin voluntad del perjudicado, dado que «el mismo suele tener una voluntad normalmente disminuida y nula percepción de su situación», lo que hace inoperativa la petición. Muchas veces no son conscientes de haber sido maltratados y, si se dan cuenta de ello, muchos optan por no declarar al amparo del artículo 416, que los exime de declarar contra sus familiares.

Por ello, la Fiscalía pide una modificación de ese artículo para dotar al fiscal o a los servicios sociales comunitarios, así como al personal sanitario o asistencial, que conozca los hechos «a poder optar a ser parte peticionaria de inicio de procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y derecho a la prestación del sistema».

Otro de los problemas es la cantidad importante de sentencias absolutorias y autos de sobreseimiento porque muchos optan por no declarar contra sus familiares, lo que se suma a falta de visibilidad social de este tipo de violencia. «Es una realidad oculta que no se percibe como un problema acuciante y que, lamentablemente, no podemos detectar y menos cuantificar bien al día de la fecha pero que constituye una preocupación creciente de las delegaciones provinciales de Violencia de Género», considera la Fiscalía Superior de Andalucía.

En su memoria, el ministerio público recuerda que el maltrato a los mayores supone una carga de «especial reproche desde las vertientes penal y social por la absoluta y máxima vulnerabilidad de su víctima a consecuencia de las dificultades que tiene para denunciar». «Podría existir por ello absoluta impunidad en bolsas ocultas de maltrato a los mayores que nunca denuncian el hecho, provocando que el oscurantismo de esta conducta permanezca», precisa la Fiscalía, quien añade que ella permanece por «la dependencia física y emocional del maltratado ante su agresor o agresores, dado que pueden concurrir varios agresores del mismo entorno del perjudicado».

Señala el ministerio público que el Teléfono de Atención al Mayor de la Junta de Andalucía ha derivado al ministerio fiscal un total de 38 asuntos en la provincia a lo largo de 2016.