La propuesta que el PP ha llevado al Pacto de Toledo sobre el periodo de cálculo de la pensión consiste inicialmente en la posibilidad de que los trabajadores que quieran jubilarse y hayan completado su carrera de cotización puedan elegir, voluntariamente, descontar sus peores años de cotización a efectos del cómputo de la pensión. Esta medida beneficiaría a aquellos trabajadores que cotizaron más al principio o a la mitad de su vida laboral pero no al final de la misma, ya que, a efectos del cálculo de la pensión, se computaría toda la carrera laboral y no sólo los últimos años, lo que mejoraría la cuantía de la prestación.

Durante esta semana, desde el Gobierno se ha informado que se trata de una propuesta completamente abierta a la negociación y para su debate en el Pacto de Toledo, que es el que debe concretar el número de años que podrían descontarse del periodo de cálculo o si se elige una fórmula distinta a ésta. El portavoz del PP en la Comisión del Pacto de Toledo y exsecretario de Estado de la Seguridad Social, Gerardo Camps, ha explicado que esta propuesta se realizó la semana pasada con carácter informal para su debate y reflexión y va en línea con la Recomendación número 11 del Pacto de Toledo de ir ampliando el periodo de cálculo de la pensión a toda la vida laboral. «Hay colectivos muy importantes de trabajadores con largas carreras de cotización que en sus últimos años han tenido sus peores cotizaciones.

Entendemos que esos trabajadores podrían descartar dos, tres, cinco años de cotización», ha señalado Camps, que ha precisado que, de salir adelante en el Pacto de Toledo, esta medida sería para todos los trabajadores.

En aplicación de la reforma de 2011, la pensión se calcula este año en función de las bases de cotización de los 21 años inmediatamente anteriores al mes previo al de la jubilación. Esta cifra irá subiendo a razón de un año por ejercicio, de forma que en 2022 se tendrán en cuenta los 25 años de cotización anteriores a la jubilación. Según Camps, una vez se haya llegado a esos 25 años, se deben seguir teniendo en cuenta los esfuerzos de cotización que hacen los trabajadores durante toda su vida laboral, en aras al cumplimiento de la Recomendación número 11 del Pacto de Toledo.

La legislación actual permite que los trabajadores de más edad expulsados prematuramente del mercado laboral, incluidos los trabajadores autónomos, pueden optar por la aplicación de un periodo de 25 años para el cálculo de la pensión si ello les resulta más favorable.

En la mayor parte de los países del entorno español se tiene en cuenta toda la vida laboral o prácticamente toda para calcular la pensión y se dispone de un sistema de elección o descarte de años, siempre que la carrera de cotización del trabajador haya llegado a lo exigido para poder jubilarse a la edad legal, normalmente entre 35 y 40 años.

España se encuentra en plena aplicación de las últimas reformas de pensiones, que establecían cambios progresivos en el sistema, entre ellos el aumento de la edad de jubilación desde los 65 a los 67 años en un horizonte total de 15 años.

Este año los españoles que quieran jubilarse con el 100% de la pensión tendrán que tener 65 años y seis meses cumplidos. Ésta será la edad que se exija para quienes acrediten menos de 36 años y seis meses de cotización. Quienes acrediten más, podrán jubilarse a los 65 años con el 100% de la pensión.