Más de 20.000 personas en Málaga podrán beneficiarse de la Renta Mínima de Inserción Socialgracias al nuevo Decreto-ley de la Junta de Andalucía. Para poder acceder a esta, es necesario que las unidades familiares tengan un domicilio en Andalucía, o que se encuentren en situación de pobreza o en riesgo de exclusión social. Asimismo, también puede ser beneficiarias las personas que no cumpliendo los requisitos tengan una emergencia social.

El nuevo decreto tiene como objetivo fomentar la integración social y laboral de las personas perceptoras y gestionar situaciones de exclusión y pobreza. En Málaga, se prevé que alrededor de 7.720 familia podrán obtener estas ayudas. La secretaria general de Servicios Sociales de la Junta de Andalucía, Purificación Gálvez, ha explicado que "la prestación contará con un impulso de 819 millones de euros" y que durante el primer año se destinarán 198 para estimular el proyecto.

Sin embargo, hay prestaciones económicas que no se computan como ingreso y que no se tienen en cuenta a la hora de solicitar la renta mínima. Algunas son las becas de educación o transporte, los contratos de formación, las pensiones de alimentación o la ley de dependencia. Lo que sí se tiene en cuenta son los ingresos familiares y las cuantías de las pensiones de los padres del solicitante, ya que si éstas son demasiado altas no podrá beneficiarse de la ayuda.

Las peticiones pueden realizarse en las administraciones públicas o en las diputaciones provinciales, aunque lo más adecuado es gestionarlas a través de los servicios sociales comunitarios. De esta forma, las unidades familiares podrán beneficiarse de estas ayudas de entre 419,52 euros hasta 779,87 euros mensuales durante 12 meses prorrogables, a diferencia de lo que estipulaba el anterior decreto, que limitaba la prestación a seis meses.

El nuevo modelo da prioridad a las familias con menores de edad, así como las monoparentales, las personas con discapacidad, las mujeres víctimas de violencia de género, las personas inmigrantes o los mayores de 65 años con menores a su cargo.

Además, este decreto-ley incluye nuevas medidas como la identificación por medios telemáticos para que los demandantes permitan la consulta de aspectos administrativos sobre su unidad familiar; la suspensión temporal de la retribución si la persona encuentra un trabajo, durante un periodo menor de seis meses, pero con la posibilidad de recuperarla si cuando termina el contrato se encuentra en las mismas circunstancias. De esta forma, se facilitan las actividades del trabajador social, que se centra principalmente en realizar un diagnóstico sobre la familia; la aprobación o desestimación de la solicitud con un plazo máximo de 5 días hábiles; o la creación de la Comisión Autonómica de Coordinación de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía que evaluará la ejecución de la prestación.

Los requisitos para poder acceder a la solicitud son tener entre 25 y 64 años, salvo circunstancias excepcionales (consultar los requisitos); las personas de la unidad familiar deben estar empadronados, de forma estable, con al menos un año de antelación antes de realizar la solicitud; acreditar la escolarización y la no existencia de una situación de absentismo de las personas menores de edad; y que el demandante esté inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE).