La provincia de Málaga lidera el número de solicitudes que se han presentado ante el Consejo Consultivo de Andalucía en relación a caídas provocadas por la cera que se derrama durante las procesiones. En los últimos seis años, se han registrado un total de 17 solicitudes a nivel andaluz y cuatro corresponden a la provincia. Este órgano entra en juego cuando las indemnizaciones que se piden superan la cantidad de 15.000 euros. En la mayoría de los casos, los resbalones se produjeron mientras los ciudadanos demandantes iban caminando. En el 41 por ciento de los casos, los accidentados circulaban en moto.

Aunque el dictamen del consejo no es vinculante, los letrados del organismo dictaminaron que eran ajustadas a derecho indemnizaciones en diez casos, lo que supondría un desembolso de más de 120.000 euros a favor de los accidentados. Unas cuantías que no siempre corren a cargo de los ayuntamientos.

En muchas ocasiones (70 por ciento de los casos) son las empresas concesionarias del servicio de limpieza municipal las que deben hacer frente al pago de estas indemnizaciones. En el caso de Málaga, se trata de Limasa, por lo que sí quedarían perjudicadas las arcas municipales. Fracturas de tobillo, de tibia y peroné, roturas de húmero, cúbito o radio, así como esguinces cervicales son los daños más habituales en este tipo de siniestros requiriendo, en la mayoría de los casos, intervención quirúrgica, según ha apuntado el Consejo Consultivo.

Pero para determinar si hay responsabilidad patrimonial por parte de una administración en este tipo de caídas es necesario que concurran varios requisitos. El primero, que pueda probarse que las lesiones han sido consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos y no de una actitud negligente del ciudadano.

Hay que tener presente que una caída en la vía pública no lleva indisolublemente unida una indemnización de la administración. Si así fuera, las administraciones se convertirían en una suerte de «aseguradoras universales».