El Juzgado de lo Penal número 7 de Málaga ha absuelto a una mujer vecina de Marbella de haberle pegado una patada en la pierna derecha a su hija adolescente. El fiscal pidió nueve meses de cárcel para la procesada y que se le impusiera la prohibición de acercarse a ella durante al menos un bienio.

Según denunció la hija y recogió el fiscal en su escrito de conclusiones, la mujer llegó a su casa de Marbella a las 15.20 horas del 11 de septiembre de 2009. Vivía junto a su hija adolescente, y en ese momento se inició una discusión entre ambas. Durante el curso del enfrentamiento, la mujer le dio, en atención al relato acusatorio, una patada en la pierna derecha a su primogénita. Al poco tiempo, le salió una costra.

Los hechos fueron calificados como un delito de maltrato en el ámbito familiar, y, además de los nueve meses de cárcel y los dos años de alejamiento, se solicitó el pago de una indemnización de 30 euros.

El juez sólo ha considerado probado que existió una discusión entre ambas, pero falla a favor de la madre en aras al principio in dubio pro reo. «Las pruebas practicadas en el plenario no permiten llegar a la conclusión de que la acusada fuera la autora de los hechos, por cuanto existen serias dudas que no han sido disipadas», dice el juez. Sólo existían las versiones de la hija y de la procesada; y la del padre sólo se basaba en lo que le contó la adolescente. Además, éste fue condenado por malos tratos a la acusada.

El parte de asistencia médica, por otro lado, refleja sólo una erosión, pero no puede obviarse la mala relación entre madre e hija «agravadas a raíz del internamiento de la menor en el internado de Campillos», lo que genera una «insalvable duda» al togado de instancia.