La Concejalía de Urbanismo del Ayuntamiento de Marbella ha ordenado el derribo del garaje que la concejala del Partido Popular y exedil de Educación, Carmen Díaz, construyó en su chalé de Nueva Andalucía sin licencia de obra.

Como adelantó La Opinión de Málaga, el Ayuntamiento de Marbella abrió expediente a la concejala del PP después de que una inspección urbanística constatara «la existencia de unas obras consistentes en construcción auxiliar adosada a lindero público, de superficie aproximada de 18 metros cuadrados, sin que se tenga constancia de que se cuente con licencia de obras», el 18 de abril de 2016.

En un primer momento, Urbanismo decretó la paralización inmediata de las obras e inició un expediente para reponer la realidad física alterada por la realización de obra sin licencia y ser disconforme con la ordenación urbanística vigente.

Pese a ello, según fuentes municipales, la concejala continuó con los trabajos por lo que el Consistorio inició un expediente sancionador, calificando su actuación de «grave», en virtud del cual se enfrenta a una sanción de entre 4.000 a 8.000 euros.

Alegaciones. Conforme al expediente de reposición de la realidad física alterada, Urbanismo abrió un periodo para que la concejala pudiera presentar sus alegaciones, las cuales ha desestimado, según ha podido conocer este diario.

La concejala Carmen Díaz alegó que entendía que no tenía que solicitar licencia alguna ya que el importe de las obras era inferior a 6.000 euros. Sin embargo, Urbanismo le recuerda que es «necesario pedir licencia para obras de construcción, edificación e implantación de instalaciones de toda clase y cualquiera que sea su uso, definitivas o provisionales, sean de nueva planta o de ampliación». Y añade que «el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento».

Carmen Díaz alegó también que el garaje se ajusta a lo construido en el entorno y no computa edificabilidad, pero Urbanismo le responde que el hecho de que haya ciertas viviendas en el entorno con construcciones similares a la suya no implica que sea lo común en el entorno.

Además, el art. 222.3 de la normativa del Plan General establece que el garaje no computa como edificabilidad siempre que la construcción esté separada un mínimo de cinco metros de la principal, algo que no se cumple en este caso pues está adosado a la vivienda.

Además, Urbanismo sostiene que la vivienda excede la edificabilidad máxima permitida por la normativa urbanística aplicable, por lo que su vivienda se encontraría «fuera de ordenación por incompatibilidad parcial», lo que impide acometer obras que aumenten el volumen de edificabilidad, como es el caso.

Finalmente, el Consistorio entiende que no se puede invocar el artículo 148 del PGOU bajo la premisa de que hay otras construcciones similares en el entorno ya que la vivienda en cuestión presenta otros incumplimientos «y la equiparación en la igualdad se aplica sólo dentro de la legalidad, no fuera de ella».

Por ello, el Servicio de Disciplina Urbanística del Ayuntamiento de Marbella propone desestimar las alegaciones de la concejala y ordenar la demolición de la obra construida sin licencia, conforme al artículo 183 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía y 49 del Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La concejala Carmen Díaz tiene un mes para presentar un recurso de reposición, tras lo cual se le dará un plazo para demoler el garaje. Si no lo hiciera, «se enfrentaría a multas coercitivas por no reponer la realidad física alterada».