­La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Málaga ha confirmado en todos sus extremos una sentencia emitida por el Juzgado número 8 de la capital dictada el 28 de enero de 2016 por el que una pareja fue sentenciada a un año de prisión por un delito de apropiación indebida cometido al llevarse de la casa que habían alquilado en Mijas objetos y electrodomésticos valorados en 6.348 euros, cantidad con la que tendrán que indemnizar al perjudicado, amén de hacer frente a las costas del proceso.

Según la sentencia, a la que tuvo acceso este periódico, en octubre del año 2013 estos dos acusados, «con ánimo de enriquecimiento patrimonial ilícito y a sabiendas de que eran parte del mobiliario de la vivienda sita en el diseminado el Chaparrral de la localidad de Mijas, la cual les fue arrendada por una particular en virtud de un contrato suscrito el 24 de enero del mismo año, se llevaron consigo, haciéndolos definitivamente suyos, enseres que han sido pericialmente tasados en 6.348 euros»

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En concreto, se apoderaron de los siguientes objetos: un estore con mosquitera, diversos muebles y un televisor, todos ellos del dormitorio principal; un mueble modular con vitrina, una mesa de madera, cuadros, un espejo grande, otro estore con mosquitera, un equipo de música, una segunda televisión y una mesa de centro, todos ellos del salón, de un mueble con espejo del pasillo, de un conjunto de dormitorio infantil, de un frigorífico y de una lavadora de cocina, y de otro conjunto de dormitorio juvenil, dice el juez de instancia en su fallo, confirmado después por la Audiencia Provincial de Málaga. Eso sí, la Sala los absuelve de los daños en la puerta del inmueble, dado que no consta «que fueran causados deliberadamente por los sentenciados».

La defensa de los condenados interpuso un recurso contra la sentencia alegando un error en la valoración de las pruebas practicadas y en la infracción del principio de intervención mínima. Al respecto, la Sala niega que el juez valorara erróneamente las pruebas de las que disponía y recuerda que el agente inmobiliario que declaró como testigo dijo «que cuando se firmó el contrato la casa estaba amueblado y el amigo del acusado que afirmó haber ayudado en la mudanza, cuando salieron del piso, reconoció algunos de los muebles que aparecen en las fotografías aportadas por la denunciante por habérselos llevado de allí». Asimismo, los dos acusados se contradijeron en sus declaraciones a lo largo del juicio oral, pues uno dijo que alquilaron la casa sin muebles y la otra que ya estaba amueblada.