La tribuna

El rompecabezas de la financiación autonómica (II)

Según un estudio publicado por Fedea, elaborado por el prestigioso investigador Ángel de la Fuente, Andalucía, que con el sistema anterior obtenía unos recursos por habitante ajustado superiores a la media de las CC.AA. de régimen común, pasaría a quedar por debajo

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José M. Domínguez Martínez* En un artículo anterior se inició una exposición de los principales rasgos del nuevo sistema de financiación autonómica en España, que tiene aquí su continuación:
5. ¿A través de qué mecanismos fundamentales se articula el nuevo sistema?: se parte de determinar para cada comunidad cuáles son sus necesidades financieras globales, diferenciando cuáles corresponden a los servicios públicos fundamentales y cuáles al resto de servicios. Para atender dichas necesidades, cada comunidad cuenta con su capacidad tributaria y, en su caso, con las transferencias procedentes de dos fondos, el de garantía de servicios públicos fundamentales y el de suficiencia global. Las CC.AA. cuya capacidad tributaria sea superior a sus necesidades financieras tienen que aportar a dichos fondos.
6. ¿Cómo se determinan las necesidades financieras de las CC.AA.?: en la práctica, se les respeta lo que venían recibiendo y se añaden ciertos importes, distribuidos con arreglo a distintos criterios. Para determinar la parte correspondiente a los servicios fundamentales, se toma esencialmente la población ajustada según necesidades de gasto.
7. ¿Cuáles son los recursos tributarios disponibles?: las CC.AA. cuentan con una capacidad tributaria amplia: Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, Tributos sobre el Juego, Tasas, Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, Impuesto de Matriculación, Impuesto sobre la Electricidad, Impuesto sobre el Vino y Bebidas Fermentadas, 50% del IRPF, 50% del IVA y 58% de los Impuestos Especiales de Fabricación (Cerveza, Alcohol, Hidrocarburos y Tabaco).
8. ¿Cómo se financian los servicios públicos fundamentales?: el 75% de la capacidad tributaria se asigna a la financiación de los servicios fundamentales; si los ingresos no alcanzasen, la comunidad recibiría la diferencia del Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales; si los ingresos excedieran de las necesidades, la comunidad aportaría la diferencia al Fondo.
9. ¿Cómo se cubren los restantes servicios?: al resto de servicios se asigna el 25% de la capacidad tributaria; si los ingresos no fuesen suficientes, la comunidad recibiría una transferencia del Fondo de Suficiencia Global; si los ingresos excediesen de las necesidades, la comunidad aportaría la diferencia al Fondo.
10. ¿Cómo evoluciona el sistema en el tiempo?: la transferencia (positiva o negativa) de garantía de servicios fundamentales será objeto de cálculo cada año. Por el contrario, la de suficiencia global no se recalcula anualmente. El importe determinado en el año base se actualizará cada año según la evolución de los ingresos tributarios del Estado.
11. ¿Se trata de un modelo definitivo?: en principio, podría tratarse de un modelo definitivo, sujeto, lógicamente, a eventuales iniciativas legislativas reformadoras. No obstante, la propia Ley prevé que, con carácter quinquenal, se llevará a cabo una valoración de los aspectos estructurales del sistema de financiación a fin de plantear posibles modificaciones al Consejo de Política Fiscal y Financiera, órgano de coordinación entre el Estado y las CC.AA. en materia fiscal y financiera.
12. ¿Cómo se ve afectada la comunidad autónoma de Andalucía?: Andalucía, como el resto de CC.AA., va a salir beneficiada en términos absolutos. Cuestión distinta es cómo queda cada comunidad comparativamente en términos de recursos por habitante. Las disparidades existentes al respecto, especialmente cuando se dirige la mirada hacia las comunidades forales, ha sido un condicionante histórico muy importante en los avatares de la financiación autonómica.
No existen aún datos oficiales acerca del impacto del nuevo sistema. No obstante, según un estudio publicado por Fedea, elaborado por el prestigioso investigador Ángel de la Fuente, Andalucía, que con el sistema anterior obtenía unos recursos por habitante ajustado superiores a la media de las CC.AA. de régimen común, pasaría a quedar por debajo de dicha media, justo lo contrario de lo que les sucede a Cataluña y Madrid.
De confirmarse esa conclusión, el rompecabezas de la financiación autonómica se convertiría, además, en un verdadero quebradero de cabeza, difícilmente asumible, considerando, entre otros aspectos, que se trata de la mayor comunidad autónoma, que concentra casi una quinta parte de la población española.
* Catedrático de Hacienda Pública de la Universidad de Málaga

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