JOSÉ ANTONIO SAU. MÁLAGA
La jurisdicción penal y la contencioso-administrativa se reparten el honor de haber combatido contra la patología social y política de la que ha estado aquejada Marbella durante los últimos años. En cualquier caso, tal y como defiende Joaquín García Bernaldo de Quirós, presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la Justicia no es la única que llegó tarde a la `Perla del Mediterráneo´ y es posible que esa crítica deba ser compartida por más instituciones. Con una carga de trabajo descomunal, este juez, que conoce como nadie el área que maneja, asegura que su Sala responde bien cuando se trata de grandes números y recuerda que el buen funcionamiento de esta Administración se hace muchas veces a costa del esforzado sacrificio de muchos magistrados. En esta entrevista con La Opinión de Málaga, se muestra preocupado por la percepción pública de la Justicia y defiende que la lentitud que sufre su jurisdicción, por la falta de medios, perjudica tanto al ciudadano como a la Administración.
-En primer lugar, enhorabuena, porque ustedes se van a quedar donde siempre habían querido: en el Muelle Heredia...
-El TSJA se queda en este edificio por una decisión que ha tomado la comunidad autónoma que es la competente en la ubicación de los servicios que debe tener la Administración de Justicia y la que tiene que tomar la decisión. Nosotros sólo constatamos que el deseo ha sido el de la comunidad y sus razones y sus motivos tendrá, en cuyo caso simplemente lo respetamos.
-En la Memoria del Alto Tribunal andaluz se hablaba de un enorme retraso creado en el área contenciosa por la falta de medios. ¿Cuál es actualmente la pendencia de la Sala de Málaga?
-La memoria del TSJA hace referencia a la situación de la jurisdicción contenciosa en las ocho provincias y en las tres salas. Contempla un escenario global. La evolución del estado de la jurisdicción contenciosa parece, se deduce de los datos, que se agrava en los juzgados de lo contencioso, que están sufriendo una evolución más negativa desde el punto de vista de eficacia de respuesta. Las tres salas, la de Granada, la de Málaga y la de Sevilla, han tenido una evolución distinta, porque también parten de situaciones originarias distintas. La Sala de Sevilla tiene una evolución correcta, una marcha satisfactoria, la de Granada tiene una evolución levemente negativa y la de Málaga tiene una situación igual a años anteriores en franca mejoría si tomamos como referencia cuatro ó cinco años atrás. Tiene una evolución positiva y en 2006 se estanca su evolución positiva. Respecto de la Sala de Málaga, la pendencia actual es de en torno a 10.000 asuntos, de los cuales no son todos de única instancia, sino que hay muchísimos de segunda instancia, es decir, apelaciones. Esta situación se comparte en las tres salas, el número de apelaciones está subiendo en algunos casos de forma alarmante porque los juzgados tienen una carga de trabajo tremenda que excede su planta y su capacidad de respuesta según los medios y, cuando los juzgados resuelven con gran esfuerzo ese incremento de carga de trabajo, hay un tanto por ciento que vienen a apelación porque las partes desean que sea revisada la sentencia, y eso es lo que origina el incremento que se está produciendo en la entrada de asuntos en las salas como recursos, y sobre todo está originando que haya habido esta evolución no tan positiva en las tres salas.
-¿Cuál es el tiempo medio que tarda en resolver los asuntos esta Sala?
-Pues según el Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) es de treinta y tres meses y Granada está en cincuenta y ocho. Nuestra evolución es buena en grandes cifras. La Sala de Málaga es la que tiene más asuntos registrados por magistrado con mucha diferencia y es la que más resuelve por magistrado de las tres salas de Andalucía. Málaga, por otro lado, tiene una litigiosidad enorme, es la más alta de España. Granada, en 2006, tenía 437 asuntos por juez, mientras que el CGPJ establece como óptimo que por cada magistrado entren 325 asuntos. Esta Sala resuelve por magistrado al año 347, mientras que los asuntos pendientes son 16.562, y los asuntos pendientes por magistrado ascienden a 3.413 asuntos. El tiempo de respuesta de Granada es de 58,7 meses. En el caso de Málaga, los asuntos registrados son 3.395 en 2006, mientras que en 2005 registramos 2.011. El número de asuntos por magistrado es de 566, es decir, casi duplicamos el módulo. El número de asuntos resueltos por juez es de 514 y tenemos 10.782 asuntos pendientes. El guarismo de asuntos pendientes por magistrado es de 3.710. Aquí tenemos planes de trabajo y todos los magistrados estamos al 150% del módulo exigido. Los funcionarios tienen una secretaria por la tarde trabajando y eso se nota en las cifras, que van bien, lo que no evitamos es el escándalo de asuntos que hay. Es decir, la evolución es buena pero es que venimos de una situación muy mala.
-El presidente del TSJA, Augusto Méndez de Lugo, piensa que los retrasos en la resolución de asuntos dentro del área contenciosa benefician más a la Administración que al ciudadano...
-La jurisdicción contenciosa sirve para que el ciudadano, que es su eje, pueda vigilar cómo aplica el Derecho la Administración. Claro, si el control del ciudadano llega tan tarde pues primero no le va a satisfacer personalmente, y tampoco sirve para que la Administración se sienta enjuiciada, porque la respuesta llega muy tarde. Aparentemente esa situación la beneficia, pero también es verdad, tenemos que ser ecuánimes, que la tardanza tampoco beneficia siempre a la Administración. Hay muchas decisiones administrativas que se encuentran suspendidas hasta tanto recaiga la sentencia, y, por tanto, la Administración no puede actuar y en ocasiones es ella la que tiene razón. Y hay muchas otras situaciones, como en el ámbito tributario, donde la tardanza puede acabar drenando recursos a la Administración porque los tributos se encuentran paralizados. Realmente esto perjudica a todas las partes.
-Ahora se ha creado una nueva sección en esta Sala del TSJA...
-Sí, es una sección funcional. A finales de este año, pues van a venir tres nuevos magistrados a la Sala, lo que significa que se intensifican los recursos humanos en un 33% para resolver.
-¿Son urbanismo y extranjería los asuntos que colapsan la Sala?
-Efectivamente, el incremento en toda la jurisdicción contenciosa a nivel nacional en cuanto a asuntos es consecuencia en mayor medida del incremento de procesos en materia de extranjería. Es decir, que tiene que ver con la situación que tiene un extranjero en nuestro país, bien sea con su regularización, bien sea la solicitud de un permiso de trabajo o de residencia. Esto un fenómeno sociológico y hay mucha demanda de tutela judicial relacionada con estos temas, lo que hace que nosotros debamos dar respuesta a muchas peticiones relacionadas con muchísimas personas que demandan a un mismo tiempo una solución. En alguna Sala, en concreto en Madrid, han llegado a colapsar la jurisdicción. Y en Andalucía, esta situación está provocando un aumento exponencial de casos en los tribunales, mientras que el urbanismo, a pesar de ser importante, no es una materia que genere mucha litigiosidad. Se mantiene en torno al 15 ó 20% del total de asuntos.
-¿Cuántas sentencias se han dictado ya sobre las licencias ilegales de Marbella?
-Muchísimas. Desde el año 2003 podemos haber puesto cerca de 100 sentencias solamente del Ayuntamiento, fallos que declaran la ilegalidad de la licencia, las primeras de ellas son de finales de 2002 y principios de 2003 y muchísimas confirmadas por el Tribunal Supremo (TS).
-¿Se está solicitando la demolición de estas viviendas?
-Hay algunas peticiones de ejecución de estas sentencias ya firmes. Creo recordar que hay siete peticiones de demolición o de ejecución de sentencias.
-¿Quién debe responder por estas ilegalidades: el propietario, el promotor o el Ayuntamiento?
-Pues eso tendrán que ser los tribunales quienes lo decidan, tras el ejercicio de acciones, y serán cada órgano y juez en su jurisdicción y según deseen las partes los que se acaben pronunciando.
-Hubo un auto el 14 de marzo de 2003 que contribuyó a un cambio de criterio en relación con la suspensión cautelar de licencias ilegales...
-La interposición de un recurso, con carácter general, no paraliza la ejecutividad de la resolución. Ésa es la regla general y es consecuencia de la protección que tiene a nivel constitucional la Administración Pública. La doctrina que había sobre suspensión de ejecutividad de licencias impugnadas entre el 98 y 2001 era la de no apreciar motivos de irreversibilidad en la ejecución de una licencia y, por tanto, no se concedían suspensiones sobre la ejecución de los efectos de una licencia impugnada. Ésa era la postura de la Sala de Málaga ante impugnaciones de licencias de entre el 94 y 2003, postura que no se vio corregida nunca por el TS. Por tanto, la posición de la Sala que era normal con arreglo a la interpretación de la época nunca fue desautorizada. En 2003, se cambia la posición por un auto dictado en relación con unas medidas cautelares, que sirve como referencia desde marzo de 2003, y es fruto de una recapitulación que la Sala hace sobre su doctrina y que puede hacer porque ya ha dictado sentencias de fondo anulando licencias en Marbella. Entonces, acogiendo una línea novedosa del TS y, en parte, creando una línea nueva la propia Sala en esta materia, admite que en contra de la regla general que es la no suspensión, en supuestos claros como el que se daba en Marbella la corrección era suspender. También debo decir que ese cambio de criterio fue avalado por el TS posteriormente, siendo ahora doctrina del TS una mayor tendencia a suspender licencias cuando existan fenómenos patológicos parecidos a los de Marbella.
-Muchos critican que la Justicia ha llegado demasiado tarde a Marbella...
-Pues como todas las críticas tendrá parte de verdad y deberá ser precisada en parte. Esa crítica global sobre la Justicia y Marbella es injusta si se dice que el único responsable de lo ocurrido en Marbella es la actuación de los tribunales. Otras muchas instituciones también han llegado tarde a Marbella y el Derecho debe ser aplicado por toda la sociedad, como dice la Constitución, todos estamos sometidos a la aplicación de la Ley, y los poderes públicos también. Parece que sólo aplican la Ley los tribunales. Y respecto a la responsabilidad concreta de la Administración de Justicia, en mi opinión es injusta la crítica. Esta Sala suspendió a los 15 días exactos de su impugnación el Pleno nocturno del Ayuntamiento de Marbella que daba pie al Plan General del 98 que se consideró que invadía la competencia autonómica. La Sala de lo Contencioso en una resolución que cambiaba la doctrina que existía en ese momento en el panorama nacional suspendió cautelarmente esa aprobación del PGOU del 98, por tanto reaccionó a los 15 días. Las salas y los tribunales de Justicia han actuado cuando pueden actuar, que es cuando se lo demandan. Muchas circunstancias que se habían producido en Marbella ya habían causado lesión en personas o intereses antes de que se pidiera la intervención de los tribunales y, por tanto, la lesión no se causó por la tardanza en la intervención de los mismos. En cuanto al concepto tardanza porque haya habido actuaciones en fechas recientes y no la hubiera habido antes, pues ya como he dicho en un momento la interpretación de la norma no aconsejaba esas intervenciones y, en un momento posterior, las circunstancias y la interpretación de la norma aconsejó otra respuesta. No se puede decir que lo adecuado fuera una interpretación y no la otra sin tener en cuenta las circunstancias temporales.
-Es decir, que la Justicia no fue la única que llegó tarde...
-En Marbella lo que ha podido pasar, si alguna vez se escribe con perspectiva histórica, es que el Derecho ha llegado tarde y no solamente los tribunales, otras instituciones tienen la obligación de aplicar el derecho, y también hay otras personas que sin ser instituciones tienen que informar sobre la aplicación del derecho. La situación de Marbella también era conocida por otros profesionales jurídicos.