El Juzgado de Familia número 7 de Sevilla ha otorgado a una pareja divorciada la custodia compartida de los dos hijos de 12 y 10 años de edad, acordando además que los progenitores se turnen en el uso del domicilio familiar, de manera que, en esa alternancia de uso, la mujer permanecerá en la vivienda hasta el final del curso escolar 2010/2011, iniciándose entonces el periodo de uso por parte de su ex pareja.

En la sentencia, el juez Francisco Serrano determina en este caso concreto un modelo de custodia compartida, el cual «conlleva que no se aprecie la existencia de un interés familiar más necesitado de protección que justifique el privilegio de la atribución exclusiva del uso y disfrute del domicilio familiar». En este sentido, argumenta que, «en consecuencia, no cabe atribuir de forma exclusiva ese uso a ninguno de los dos progenitores, pues ambos asumirán y compartirán el cuidado habitual de sus hijos», de manera que ambos se servirán de ese domicilio «hasta que se produzca la liquidación efectiva de la sociedad de gananciales, y ese inmueble integrado en el activo se venda o adjudique uno de los copropietarios». Tras insistir en que «ese uso y disposición, en defecto de acuerdo, se distribuirá por cursos escolares hasta que se venda o adjudique el inmueble», la sentencia pone de manifiesto que el hombre «deberá retirar sus efectos y enseres personales» al objeto de que su ex pareja pueda ocupar el domicilio familiar hasta el final del curso escolar 2010/2011.