La Comisión de Sanidad y Servicios Sociales del Congreso de los Diputados ha aprobado este miércoles la Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios que regulará, entre otros puntos, el uso y publicidad de los cigarrillos electrónicos que contienen nicotina y otros productos similares, así como el 'spam' telefónico, las reclamaciones colectivas, o la nueva tarifa eléctrica, entre otros puntos.

Esta ley se ha aprobado con competencia legislativa plena, es decir, se envía directamente al Senado para que continúe su tramitación. La norma ha salido adelante con el único apoyo del PP, la abstención de UPyD, y el voto en contra del resto de grupos parlamentarios.

Según han explicado las portavoces de PP y PSOE, esta normativa supone "un primer paso" en la regulación del cigarro electrónico, ya que se modifica la actual Ley Antitabaco para detallar los lugares donde se prohibirá el uso de estos dispositivos, así como su publicidad y definición, y a falta de conocer la nueva directiva del tabaco, que se debatirá en el Parlamento europeo próximamente.

Responde al acuerdo adoptado entre el Ministerio de Sanidad y las comunidades el pasado mes de diciembre, por el que los cigarrillos electrónicos no se podrán usar en centros de las administraciones públicas y entidades de derecho público; también estará prohibido en los centros, servicios y establecimientos sanitarios, así como en los espacios al aire libre o cubiertos, comprendidos en sus recintos.

Y en el caso de los centros docentes o formativos, se prohibirá en los espacios al aire libre "salvo en los de centros universitarios y de los exclusivamente dedicados a la formación de adultos, siempre que no sean accesos inmediatos a los edificios y aceras circundantes".

También estarán vetados estos cigarrillos al aire libre en parques infantiles o zonas de juego para la infancia, siempre que estén acotados y contengan "equipamiento o acondicionamiento destinados específicamente para el juego y esparcimiento de menores".

En lo que respecta al transporte, su uso estará restringido en cualquier tipo de vehículos de transporte público urbano e interurbano, así como en transporte marítimo, ferroviario o aéreo. En este último caso, no obstante, la prohibición sólo afectará a aviones de compañías españolas o vuelos compartidos con compañías extranjeras.

Código de autorregulación

Por otra parte, se establece el régimen de publicidad aplicable a estos dispositivos de forma que su promoción deberá hacerse exclusivamente en aquellos soportes y franjas horarias en los que no esté prohibida según la Ley del Tabaco. Así, se prohibirá su publicidad en la emisión de programas dirigidos a menores de 18 años y durante 15 minutos antes o después de la trasmisión de los mismos.

Además, en medios audiovisuales no se podrá ver su publicidad en la franja horaria comprendida entre las 16.00 y las 20.00 horas. En ningún caso se atribuirá a los dispositivos susceptibles de liberación de nicotina una eficacia o indicaciones terapéuticas que no hayan sido específicamente reconocidas por un organismo público competente; y en su publicidad no podrán aparecer menores de 18 años.

Spam telefónico

La nueva Ley de Consumo prohibirá las llamadas telefónicas de 'spam' desde las 21.00 horas de la noche hasta las 9.00 horas de la mañana entre semana, así como los fines de semana y días festivos.

Además, la utilización por parte del empresario de técnicas de comunicación que consistan en un sistema automatizado de llamadas sin intervención humana o el telefax necesitará el consentimiento expreso previo del consumidor. Igualmente, éste tendrá derecho a no recibir sin su consentimiento llamadas con fines de comunicación comercial que se efectúen mediante sistemas distintos de los referidos (como SMS, por ejemplo).

En aquellos casos en que una oferta comercial no deseada se realice por teléfono, las llamadas deberán llevarse a cabo desde un número identificable. Cuando el usuario reciba la primera oferta comercial del emisor, deberá ser informado tanto de su derecho a no recibir nuevas ofertas, como a obtener un número de referencia de dicha oposición.

Igualmente, con la entrada en vigor de esta ley, las facturas se emitirán sólo en papel, a no ser que el consumidor dé su consentimiento para que sean electrónicas. A su vez, se establece que los contratos deberán emitirse con letra más grande en caso de que el usuario así lo solicite, y la letra pequeña debe ser superior al milímetro y medio.

"Hecha la ley, hecha la trampa"

Los diputados del PSOE, CiU, la Izquierda Plural, PNV, ERC han criticado que el PP haya aprovechado esta ley para incluir materias que no tienen "nada que ver" con lo que se regula. "Hecha la ley hecha la trampa", ha dicho Isabel Sánchez Robles del PNV.

"Nuestra voluntad por subsanar los reparos expresados por algunos grupos se materializó con la retirada de siete enmiendas porque podrían generar dudas respecto con la congruencia del contenido material de la iniciativa", ha subrayado Andrea Fabra, quien ha insistido en que las siete enmiendas se han mantenido porque sí existe una conexión con los asuntos de esta comisión (sanitarias) redundan en el beneficio de los consumidores.

El PSOE se ha negado a votar esas siete enmiendas, como la que procede al reconocimiento de los derechos adquiridos por los psicólogos que realicen actividades sanitarias en el Sistema Nacional de Salud (SNS) y puedan seguir ejerciendo a pesar de no ostentar el título universitario de Master en Psicología General Sanitaria.

Tarifa eléctrica

Otra de esas enmiendas hace referencia a que las eléctricas van a tener que ofrecer a los consumidores vulnerables una tarifa fija para un plazo de tiempo determinado. De hecho, el Gobierno está preparando una norma específica para que entre en vigor el 1 de abril.

Según la enmienda introducida, "el coste de producción de energía eléctrica se determinará con arreglo a los mecanismos de mercado en los términos en los que se desarrolle reglamentariamente", y además "las comercializadoras estarán obligadas a realizar ofertas a los consumidores con derecho al precio voluntario para el pequeño consumidor en las que el precio del suministro de energía eléctrico sea fijo para un periodo determinado, sin perjuicio de revisiones posteriores".

A pesar de que se incluye la legitimación del fiscal en las reclamaciones colectivas, algunos de los portavoces consideran que la acción colectiva queda "muy débil" como mecanismo de defensa de los consumidores. Esta nueva ley permite que los fiscales puedan representar a los consumidores en reclamaciones colectivas frente a cláusulas abusivas en los contratos con las empresas.

Igualmente, CiU, PNV y ERC han criticado que la ley no recoja la cuestión de la lengua y toda la información precontractual sólo deba hacerse en castellano, y no sea obligatorio publicarlo en lenguas cooficiales.