La Audiencia de Salamanca ha absuelto a un conductor de 35 años a quien la Guardia Civil cazó circulando a 228 kilómetros por hora en la A-62 en el término municipal de Carpio de Azaba (Salamanca).

La absolución se ha producido después de que inicialmente el Juzgado de lo Penal condenase al conductor a una multa de 1.620 euros y la retirada del carnet de conducir durante 2 años.

Según fuentes de la Comandancia de Salamanca, los agentes del Subsector de Tráfico le sorprendieron en un control a las 18.18 horas del pasado 11 de junio de 2017, cuando viajaba en dirección Burgos. Tras comprobar la velocidad a la que circulaba, los agentes montaron un control para detener e identificar al conductor, algo que ocurrió casi una hora después en el municipio de Martín de Yeltes (Salamanca), a 40 kilómetros del lugar en el que se produjo la inspección.

"¿Sabe usted por qué le hemos parado?", le preguntó entonces un agente al conductor, que respondió que "más o menos" sabía el motivo, ya que les había visto anteriormente en su punto de control. Fue esta respuesta vagamente autoinculpatoria la que le ha permitido librarse de la sanción, ya que el presunto infractor presentó un recurso en la Audiencia de Salamanca en el que manifestaba que entre el momento en el que fue cazado por el radar móvil y el de su identificación "casi una hora", hubo una parada y "un cambio de conductor".

Pese a que el inculpado asumió "en todo momento" que era el conductor del coche cuando fue parado por los agentes, la sentencia de la Audiencia de Salamanca que le ha absuelto destaca que la pregunta "¿Sabe usted por qué le hemos parado?" se la hizo el agente de la Guardia Civil "antes de que le hubieran leído sus derechos al entonces investigado". Entiende, por tanto, este tribunal que "los guardias civiles iniciaron un interrogatorio, una inquisición, una instrucción o búsqueda de la verdad sobre los hechos, en este caso sobre la autoría de los mismos, que la ley obliga a que, ineludiblemente, vaya precedida de la lectura de derechos respecto del investigado, bajo pena de nulidad del resultado de dicha inicial investigación", según recoge el auto.

Conciente de esta circunstancia, el inculpado no volvió a dejar constancia de ser el conductor y, según su abogado, desde entonces mantuvo que "él no conducía cuando los agentes tomaron la fotografía".