La sección segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo ha condenado a una pena de ocho años de cárcel a Víctor Armando Cuartas Suárez, de 66 años, por violar a su hija desde que tenía tres o cuatro años hasta que casi cumplió la mayoría de de edad, entre 1983 y 1996. La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Agustín Lobejón, considera que los hechos no están prescritos, contra la opinión del ministerio público y la defensa, y considera al acusado plenamente responsable de los mismos, aunque le impone la pena mínima prevista en el Código Penal de 1973, aplicable en este caso, por haber trascurrido el 90 por ciento del tiempo para que el delito prescribiese, esto es, por la tardanza en la denuncia.

El juez considera plenamente creíble el relato realizado por la víctima y considera "normal" que tardase tanto tiempo en denunciar. La víctima, hoy casada, con una hija y residente en Galicia. No se decidió a denunciar hasta 2011, casi quince años después de los hechos, e impelida por la amenaza de una denuncia por calumnias de su propio padre. Para el juez, el relato de A. C. G., cuyos intereses defendió la letrada Ana G. Boto, es "consistente, detallado, abundante en datos esenciales, desprovisto de artificio y dotado, en cambio de plena coherencia". Estima que, lo que la mujer relata, es incompatible con la fabulación, con una teórica respuesta basada en la animadversión hacia su progenitor y menos con un interés económico que ella rechaza en la conversación" grabada a su padre.

El acusado, defendido por Susana Fernández Iglesias, negó las violaciones y aseguró que todo era consecuencia de las operaciones a las que tuvo que ser sometida de niña para superar una lesión de nacimiento en la cadera y la animadversión que sentía hacia él por ser la persona que le colocaba unas dolorosas prótesis. La madre, ya divorciada, se puso de parte de su hija, no así los dos hermanos de la mujer, quienes consideraron imposibles las violaciones. El ministerio público pidió quince años de cárcel, aunque solicitó que se declarasen prescritos los delitos. La acusación particular elevaba esa petición a 22 años de prisión.