Los presuntos delitos fiscales de artistas o deportistas de élite no son desgraciadamente novedad. Por un lado por sus altos ingresos les posicionan en el segmento donde Hacienda suele poner especial atención, por otro lado al ser personajes mediáticos su repercusión en la sociedad es mayor.

Este es el caso de Lionel Messi, uno de los mejores jugadores de fútbol de todos los tiempos. La querella interpuesta por la fiscalía contra él y su padre, dará mucho de qué hablar, pero como en la mayoría de los casos, y a pesar de que siempre en un principio se niega cualquier acusación, lo más presumible es que acabe con un acuerdo judicial en el que se pague a Hacienda la cantidad presumiblemente defraudada y la multa correspondiente.

Y es que las prácticas para reducir los pagos a Hacienda por parte de famosos son desgraciadamente muy comunes. La legislación española dice que quedan sujetos a la Hacienda española haya obtenido esos ingresos donde quiera que los haya obtenido. El tramo impositivo más alto, donde se encuentran la práctica mayoría de los deportistas de élite, supone el 52% de todo lo ingresado, un tipo que en Cataluña se eleva al 56%.

Una de las prácticas más comunes, y en la mayoría de los casos legal, es el cambio de residencia a algún país con una tributación más favorable. Pero no basta con cambiar de domicilio, la residencia tiene que ser efectiva y al menos por la mitad del año, más de 183 días. Así, esta práctica que han utilizado tenistas o deportistas del motor, aprovechando que ejercen su actividad alrededor del mundo, en algunos casos han acabado con demandas por parte de Hacienda. Pero muchos deportistas, y especialmente los futbolistas, tienen imposible establecer su domicilio fuera del país donde trabajan, y por ello hay otras formas en las que reducir la carga fiscal.

La más general, consiste en constituir empresas por las que tributar menos. En España el tipo general del Impuesto de Sociedades es actualmente del 30%, un tipo que incluso tiene tramos de porcentaje inferior para las empresas que facturen menos de 5 millones o 10 millones de euros al año. También, sin tener en cuenta condicionamientos morales, es legal establecer sociedades en otros países de tributación inferior, especialmente en paraísos fiscales, pero siempre cumpliendo la legalidad y las reglas del juego, algo que según la querella contra Messi, parece que no se hizo.

¿En qué consiste el posible delito?

Los derechos de imagen están inherentemente unidos a la persona por la que su explotación genera beneficios. Estos "derechos" pueden ser vendidos o traspasados, pero a cambio debe haber siempre una contraprestación real, es decir, los traspasa a una empresa a cambio de una retribución coherente a las "dimensiones" del deportista generalmente recibiendo una cantidad que suele ser fija y un porcentaje variable por los contratos gestionados.

Si esta sociedad no paga ninguna remuneración al jugador o esta es mínima por la cesión de los derechos y además no realiza ninguna función, es decir son meras sociedades instrumentales donde reciben el dinero y la gestión de la imagen la realiza el jugador, se estaría incurriendo en un presunto fraude fiscal. Este parece ser el caso del jugador argentino, con una serie de sociedades instrumentales en Belice y Uruguay, que a su vez tenía empresas pantalla en Reino Unido y Suiza.

¿Qué puede pasar?

En estos casos la información suele ser muy fácil de comprobar. Por un lado los ingresos conseguidos en los ejercicios que se analizan, son muy trazables todos, ya que las empresas tienen que presentar todos los años a la Agencia Tributaria un modelo informativo con todos los movimientos no sujetos a retención por encima de los 3.000 euros (los pagos con retención también tienen su modelo informativo propio).

Si en estos figuran las sociedades que han recibido los pagos por estos derechos de imagen, se comprobará la contrapartida, que es lo que el jugador ha recibido por la cesión de estos derechos. Si no existe esta contrapartida, la conclusión es que estaría cometiendo algún posible delito fiscal, que como hemos mencionado suele acabar con pago de la cantidad defraudada más la multa. Nuestra normativa permite alternativas, esencialmente para quienes tienen grandes ingresos, para rebajar la carga tributaria, algo muy diferente cometer cualquier tipo de fraude o evasión de impuestos.

Antonio Gallardo, iAhorro.com. Analizar, simplifica