El magistrado instructor de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha acordado continuar «por los trámites del procedimiento abreviado», la causa incoada contra el exconsejero de Educación, Cultura y Deporte Luciano Alonso por un presunto delito de prevaricación en los nombramientos de Luis Guerrero Jiménez como director del Centro Andaluz del Flamenco (CAF), y Alejandro J. Cárdenas y María Centeno como directores consecutivos de la Filmoteca de Andalucía.

La defensa del exconsejero andaluz anunció ayer que presentará un recurso de reforma contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de continuar la causa contra él por prevaricación después de tres nombramientos que hizo. Fuentes de la defensa explicaron a Efe que el auto notificado descarta el posible delito de malversación, lo que ha sido acogido con «agrado y satisfacción» por el exconsejero.

En el auto fechado el 6 de septiembre, el magistrado instructor, Miguel Pasquau, expone que ante la refundición de las delegaciones provinciales de las consejerías de Educación y Cultura y Deporte, «con la consiguiente pérdida de delegados provinciales buscada como medida de reducción del gasto de personal y estructuras administrativas», el entonces consejero Luciano Alonso «exploró las posibilidades de compensar esa pérdida y dotarse de más personal al servicio de su consejería».

Para ello, nombró como cargo de libre designación y trabajador eventual a Luis Guerrero Jiménez, «persona de su confianza y hasta entonces personal eventual del grupo socialista de la Diputación de Málaga». En concreto, fue designado director del Centro Andaluz del Flamenco. Dicho puesto estaba vacante, según el auto, por no considerar necesario su nombramiento dada la reducción de competencias y funciones de dicho centro, que se había extinguido como servicio administrativo y se había integrado en la estructura general de la Consejería de Cultura.

Una vez nombrado Luis Guerrero Jiménez como director del Centro Andaluz del Flamenco, con sede en Jerez de la Frontera, le fue encomendada una tarea completamente ajena a las funciones de dirección del citado centro, en particular el impulso de determinadas actividades culturales en Málaga, con lo que ninguna persona ocupó de facto el puesto de director del Centro Andaluz del Flamenco.

El auto trata además el nombramiento de Alejandro J. Cárdenas, hijo de la exalcaldesa socialista de Jaén Carmen Peñalver, y de María Centeno, hija del exalcalde de Genalguacil, como sucesivos responsables de la Filmoteca de Andalucía.

El magistrado instructor, Miguel Pasquau, considera por tanto que existen indicios de un delito de prevaricación por «un deliberado torcimiento de la normativa relativa a los nombramientos de personal eventual», mientras que su defensa destaca que se trata de una interpretación «discutible» de esa norma administrativa. Por ello, Alonso presentará un recurso de reforma, y en caso de que no se acepte, se planteará un recurso de apelación, avanzaron las fuentes.

La defensa insiste en que en la administración pública se pueden reasignar funciones como hizo el exconsejero en el Centro Andaluz de Flamenco y en la Filmoteca de Andalucía, lo que a su juicio ampara el Estatuto Básico del Empleado Público, y considera que esas decisiones son frecuentes en otros ámbitos, como en la Guardia Civil. «Puede existir desacuerdo en si se puede aplicar esa norma o no, otra cosa es que se trate de un delito de prevaricación», resumieron las fuentes.

La causa fue abierta tras la querella presentada por la Fiscalía Superior de Andalucía contra Guerrero y contra Alonso como responsable del nombramiento de aquél como director del Centro Andaluz de Documentación del Flamenco, ubicado en el Palacio Pemartín de Jerez (Cádiz).