La Junta de Andalucía ha abierto el plazo para presentar la solicitud para la adjudicación de los destinos provisionales. La Consejería de Educación y Deporte ha publicado la Resolución de 3 de junio de 2022, de la Viceconsejería, por la que se efectúa la convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales al personal docente para el curso académico 2022/2023.
El plazo es desde este martes 14 al 27 de junio de 2022, ambos inclusive.
¿Quién debe participar?
- Personal funcionario de carrera titular de un puesto de trabajo suprimido.
- Personal funcionario de carrera desplazado de su centro, zona educativa o servicio educativo de destino por insuficiencia total de horario.
- Personal funcionario de carrera que se acoja a la opción de cambio de centro al finalizar el mandato en el ejercicio de la dirección en su centro de destino definitivo.
- Personal funcionario de carrera en el último año de adscripción en el extranjero que reingrese por este procedimiento.
- Personal funcionario de carrera que reingrese por este procedimiento, sin reserva de puesto de trabajo.
- Personal funcionario de carrera del ámbito de gestión de la Administración educativa andaluza que haya obtenido una comisión de servicio.
- Personal funcionario de carrera sin destino definitivo.
- Personal funcionario en prácticas.
- Personal funcionario de carrera que haya obtenido una comisión de servicio ,intercomunitaria.
- Personal funcionario interino integrante de las bolsas de trabajo de los distintos cuerpos y especialidades docentes.
El sistema adjudica las plazas de esta manera: en primer lugar, el proceso informatizado recorrerá todas las peticiones a centro o localidad, consignadas por el personal participante de forma voluntaria, hasta encontrar vacante, en el puesto que proceda. De no encontrar vacante, el proceso recorrerá, en su caso y una a una, las provincias reseñadas en la solicitud, por el orden en que figuran. Para la adjudicación de los destinos tiene preferencia el centro, zona, localidad o servicio educativo solicitados sobre el puesto, salvo que en la base correspondiente se indique otro extremo para determinados colectivos.
En el caso de solicitarse más de un puesto, y respetando lo establecido en el párrafo anterior, la prioridad vendrá dada por el orden en que dichos puestos figuran en la solicitud.