Alquileres

¿Cuándo devuelve la fianza la Junta de Andalucía?

El arrendador será el obligado de ingresar la fianza en la cuenta del organismo autonómico

¿Cuándo devuelve la fianza la Junta de Andalucía?

¿Cuándo devuelve la fianza la Junta de Andalucía? / EP

Chaima Laghrissi

Chaima Laghrissi

Cuándo finaliza un contrato de alquiler, comienza otra odisea: La devolución de la fianza. 

Un tema que aún sigue generando muchas dudas entre arrendatarios e inquilinos. Independientemente de la cuantía, te has preguntado ¿Cómo y cuándo deberían devolver esta cantidad entregada con la firma del contrato del piso?

La obligación corresponde al arrendador, ya que debe depositar la fianza en los órganos de la correspondiente comunidad autónoma. Según el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) la fianza será de un mes en los arrendamientos de vivienda y de dos meses en los arrendamientos de uso distinto a vivienda.

Ingreso de la fianza en la Junta de Andalucía

El arrendador (o el representante que éste autorice) será el obligado a ingresar la fianza en la cuenta de la Junta de Andalucía.

Este trámite se hará rellenando el modelo 806, que podrá presentarse en las propias oficinas de la Junta de Andalucía (AVRA) o a través de internet.

Para ello, se debe aportar

  • Contrato de arrendamiento original y copia.
  • NIF del arrendador
  • Autorización del arrendador en caso de que la gestión la realice una tercera persona.
  • Número de referencia catastral del inmueble.

¿Cuándo devuelve la fianza la Junta de Andalucía?

La Junta de Andalucía debe hacer la devolución en el plazo de un mes desde la fecha de solicitud de la devolución.

Transcurrido este plazo sin que se haya producido la devolución de la fianza al arrendador, se devengará a su favor el interés legal correspondiente.

Dónde depositar la fianza

En Málaga, el organismo encargado de la gestión de las fianzas es la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA).

En la provincia de Málaga tiene dos sedes: En la capital, está en la calle Cerrojo, 38; y en Marbella, en calle San Juan Bosco, 2.

Estas direcciones son válidas también para depositar las fianzas de viviendas que estén ubicadas en otras localidades malagueñas tales como San Pedro de Alcántara, Benalmádena, Torre del Mar, Ronda, Antequera, Nerja, Torremolinos, etc.