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Política

Desestimadas las dos primeras denuncias del PSOE contra Juanma Moreno ante la Junta Electoral andaluza

Se rechazan las denuncias contra la cobertura informativa del caso mascarillas de Almería en Canal Sur y contra el uso de las redes sociales para mensajes del presidente en su visita a las hermandades en Semana Santa

El presidente, Juanma Moreno, durante la Semana Santa

El presidente, Juanma Moreno, durante la Semana Santa / María José López - Europa Pre / Europa Press

El Correo

Sevilla

La Junta Electoral de Andalucía (JEA) ha desestimado ya dos de las 19 denuncias formuladas por el PSOE andaluz contra Juanma Moreno y el PP por incumplir la normativa electoral que limita los mensajes y las campañas de carácter institucional desde el mismo día de la aprobación de la convocatoria del 17 de mayo. Concretamente, la Junta Electoral ha tumbado una denuncia contra la difusión de mensajes en redes sociales de las visitas a las hermandades y otra sobre la cobertura informativa de Canal Sur del proceso judicial conocido como caso mascarillas en Almería.

La primera denuncia desestimada por la Junta Electoral está centrada en las declaraciones que realizó el presidente, Juanma Moreno, durante sus visitas a las hermandades en Cádiz y Málaga y su distribución en redes sociales oficiales de la Junta y de Canal Sur Televisión. El PSOE-A planteaba en su denuncia que esos hechos atentaban contra el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) y, por ello, pedía que se declararan como "contrarios a la vigente normativa electoral, se adoptaran las pertinentes medidas cautelares, se requiera a los denunciados para que cesen en su actividad y, en su caso, se incoen los correspondientes procedimientos sancionadores".

Sin embargo, la Junta Electoral de Andalucía ha emitido una resolución --consultada por Europa Press-- en la que desestima la denuncia y, tras ello, el PSOE-A tiene la posibilidad de interponer recurso, que será resuelto por la Junta Electoral Central (JEC). Según la JEA, las declaraciones de Moreno objeto de la denuncia "consistieron en meras manifestaciones genéricas que, en unos casos, tienen un carácter promocional de la Semana Santa de Cádiz, y, en otros, ensalzan momentos, valores, emociones y vivencias vinculados a la celebración de la Semana Santa, especialmente la de Málaga". Unas palabras, que según se señala en la resolución de la JEA, no contienen "una petición expresa del voto" ni en ellas se hace "publicidad de logros del gobierno ni se incluyan mensajes de carácter electoralista".

"Acudiendo a la jurisprudencia, no nos encontramos ante actos de reclamo electoral a base de exponer los logros de la gestión realizada", según la Junta Electoral de Andalucía, que entiende que "tampoco se advierte vulneración del principio de neutralidad en la inclusión en la cuenta oficial de la Junta de Andalucía de expresiones como 'La Semana Santa, seña de identidad de Andalucía' o 'Poder vivir aquí nuestras tradiciones es algo único".

Desestimada también la denuncia contra Canal Sur

La Junta Electoral de Andalucía (JEA) ha desestimado también la denuncia formulada por los socialistas contra la RTVA y Canal Sur TV por presunta "vulneración de los principios de neutralidad, objetividad, veracidad y pluralismo informativo en periodo electoral" al hilo de la "omisión", en la programación de la televisión autonómica andaluza, de "cualquier información acerca de la citación judicial de personas investigadas en el denominado 'caso Mascarillas'", entre quienes figura el expresidente provincial del PP de Almería Javier Aureliano García.

Para desestimar esta denuncia del PSOE-A, la Junta Electoral de Andalucía se centra "en el principio de neutralidad", al entender que es el que "se podría ver concretamente afectado por el hecho denunciado", y al respecto parte "de la reiterada doctrina establecida por la Junta Electoral Central, según la cual para enjuiciar la falta de neutralidad en las informaciones difundidas por los medios de comunicación es necesario que las mismas sean apreciadas en un espacio o período temporal amplio, sin que pueda circunscribirse a un día aislado o a un concreto programa informativo, habida cuenta de la innegable libertad de información de los profesionales de los medios en relación con los hechos que constituyen noticia".

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