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IRPF

Deducciones fiscales en Andalucía: hasta 100 euros por gastos de gimnasios, mascotas o celiaquía en 2026

Andalucía estrena deducciones fiscales para la campaña de la renta de 2026, incluyendo gastos en gimnasios, mascotas y familias con celiaquía, que beneficiarán a 1,2 millones de andaluces

Instalaciones de la Agencia Tributaria

Instalaciones de la Agencia Tributaria / Miguel Osés / EFE

Javier Alonso

Javier Alonso

Sevilla

La campaña de la renta del año 2026 (correspondiente al ejercicio 2025) arranca este 8 de abril. Andalucía estrena una batería de deducciones fiscales por gastos en gimnasios, mascotas o para hogares con celiaquía, que elevan a una veintena las posibilidades de ahorrar en la declaración de la renta en Andalucía. En total, se estima que 1,2 millones de andaluces podrán acogerse a alguna de estas medidas lo que supondrá un ahorro para estos contribuyentes de aproximadamente 120 millones de euros. Todas estas deducciones son compatibles entre ellas, pero cada una tiene sus propios requisitos, especialmente los límites de renta.

Estas son las 20 deducciones fiscales en el IRPF que ha aprobado la Junta de Andalucía dentro de las competencias autonómicas:

Gimnasios, escuelas o clubes deportivos

A partir de 2026 todas las personas que realicen actividades deportivas podrán deducirse hasta el 15% de las cuotas con un máximo de 100 euros. No hay límite de renta para una medida que se estima que alcance a 780.000 personas con un impacto total de 36 millones de euros. Se pueden deducir cuotas de gimnasios, centros deportivos, clubes deportivos, federaciones deportivas y secciones deportivas o de recreación deportiva de otras entidades no deportivas.

Los contribuyentes del IRPF que hayan aplicado esta deducción estarán obligados a conservar durante el plazo máximo de prescripción los justificantes y documentos que acrediten el derecho a disfrutar de esta deducción.

Mascotas

Las personas que adquieran o acojan un animal de compañía a partir de 2025 podrán deducirse hasta el 30% de los gastos veterinarios con un máximo de 100 euros. El límite de renta es de 80.000 euros en la tributación individual y 100.000 en la conjunta. Se estima que alcance a 182.000 personas con un impacto de 12 millones de euros. Entran en este concepto los gastos relativos a vacunaciones, desparasitación y demás tratamientos que resulten obligatorios, los gastos de esterilización del animal.

Con carácter general, se podrán deducir los gastos durante el año siguiente a la fecha de adquisición del animal de compañía (2025) aunque en caso de que la adquisición del animal de compañía se realice mediante adopción, durante los tres años siguientes a la fecha de la adopción. En el supuesto de que se trate de un perro de asistencia, durante todo el periodo de tenencia del animal por parte del contribuyente.

Los gastos deberán estar debidamente justificados mediante factura expedida por profesional o centro veterinario legalmente autorizado.

Así es vivir con celiaquía: para toda la vida y con gasto extra en la cesta de la compra

Así es vivir con celiaquía: para toda la vida y con gasto extra en la cesta de la compra / L. O.

Celiaquía

Los hogares que tengan algún miembro que padezca celiaquía podrán deducirse de forma automática 100 euros en la declaración de la renta sin necesidad de justificar ningún gasto. No hay límite de renta pero se estima que llegue a 30.000 andaluces con un impacto de 4 millones de euros. La condición de enfermedad celíaca deberá acreditarse mediante informe médico oficial que recoja el diagnóstico definitivo conforme a los criterios reconocidos por la comunidad científica.

Se consideran personas integrantes del núcleo familiar del contribuyente al propio contribuyente, su cónyuge o pareja inscrita en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Andalucía o en registros análogos de otras Administraciones públicas y aquellas personas que le den derecho a la aplicación de los mínimos familiares por ascendientes o descendientes regulados en la normativa estatal del IRPF

Para familia numerosa

Las familias numerosas de categoría general tienen derecho a una deducción de 200 euros y las de categoría especial de 400 euros. De ellas se benefician en torno a 38.000 andaluces que ahorran una media de 161 euros. La condición es que no pueden superar los  25.000 euros en concepto de tributación individual o los 30.000 euros en tributación conjunta.

Gastos educativos

Los hogares andaluces tienen derecho a deducirse el 15% de los gastos en academias de inglés o de informática hasta un máximo de 150 euros por contribuyente. La renta máxima es de 80.000 euros en concepto de tributación individual y de 100.000 euros  en tributación conjunta. Se benefician de esta medida más de 152.000 andaluces que ahorran una media de 92 euros.

Nacimiento, adopción o acogida de menores

Los andaluces tienen derecho a 200 euros, con carácter general, por cada hijo nacido o adoptado o por cada menor en acogimiento administrativo o judicial. La cantidad se eleva a 400 euros si el contribuyente reside en un municipio con problemas de despoblación. En total se benefician de esta medida en torno a 8.000 andaluces con un ahorro medio de 139 euros. El límite de ingresos es de 25.000 euros en tributación individual o 30.000 en tributación conjunta. Para 2026, la Junta de Andalucía ha eliminado el límite de renta y el número de beneficiarios podría superar los 21.000.

Donativos de finalidad ecológica

Los contribuyentes pueden deducirse en Andalucía hasta el 10% de sus aportaciones a fundaciones o entidades privadas para proyectos ecológicos con un máximo de 150 euros. No haty límite de renta. Se acogen 16.810 contribuyentes con un ahorro medio de 20 euros.

Inversión en vivienda habitual protegida

Las personas que adquieran o rehabiliten un inmueble para una vivienda protegida y que tengan menos de 35 años tienen derecho a una deducción del 6% en el IRPF. Se establece como límite de renta  25.000 euros en tributación individual y  30.000 euros en tributación conjunta. Se benefician 16.300 personas con un ahorro medio de 195 euros. La base máxima de esta deducción será de 9.040 euros, de acuerdo con los requisitos y circunstancias previstos en la normativa estatal del IRPF para la deducción por inversión en vivienda habitual vigente a 31 de diciembre de 2012.

Inversión en alquiler de vivienda

Las personas que vivan en alquiler podrán deducirse el 15% del alquiler de vivienda con un máximo de hasta 1.200 euros o hasta 1.500 euros (estas cuantías se han actualizado para 2026) si tiene la consideración de persona con discapacidad. Deben cumplir los requisitos de no haber cumplido los 35 años, ser mayor de 65 años o tener la consideración de víctima de violencia doméstica o del terrorismo. En cualquier caso la suma de las bases imponibles general y del ahorro, de la declaración, no puede superar los 25.000 euros en tributación individual y los 30.000 euros en tributación conjunta. Ahorran con esta medida más de 32.000 andaluces con un importe medio de 489 euros.

Inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales

Se establece la posibilidad de deducirse el 20 por 100 de las cantidades invertidas durante el ejercicio en la adquisición de acciones o participaciones sociales hasta un límite de 4.000 euros o el 50% cuando sean sociedades participadas por universidades o centros de investigación con un límite de 12.000 euros.

Adopción de hijos en el ámbito internacional

Los contribuyentes andaluces pueden deducirse 600 euros por cada hijo adoptado siempre que tenga carácter internacional. El límite de renta máximo es de 80.000 euros en tirbutación individual y 100.000 euros en la conjunta. Apenas se han acogido a esta medida una decena de personas con un ahorro medio de 400 euros.

Contribuyentes con discapacidad

Las personas con un grado de discapacidad superior al 33% tienen derecho a una deducción fiscal de hasta 150 euros. El límite de renta es de 25.000 euros en tributación individual y 30.000 euros en tributación conjunta. Se benefician de la medida 99.000 personas con un ahorro medio de 154 euros.

Familia monoparental o con ascendientes mayores de 75 años

Las familias monoparentales tienen derecho a una deducción de 100 euros. El límite de ingresos establecido es de 80.000 euros en tributación individual y 100.000 euros en la conjunta. Se benefician en torno a 9.000 personas con un ahorro medio de 101 euros.

Asistencia a personas con discapacidad

Cuando las personas con discapacidad requieran de una ayuda profesional tendrán derecho a una deducción de 100 euros por cada persona con discapacidad siempre que no superen los límites de ingresos situados en 80.000 euros en tributación individual y 100.000 en la conjunta. Se benefician en torno a 42.000 personas por un importe aproximado de 3,2 millones.

Ayuda doméstica

Las personas mayores de 75 años pueden deducirse el 20 por 100 del importe satisfecho en el período impositivo por cuenta del empleador o empleadora a la Seguridad Social correspondiente a la cotización anual de un empleado o empleada del hogar familiar, que constituya la vivienda habitual del empleador o empleadora. No hay límite de renta. Se benefician de esta medida unas 11.000 personas con una media de 311 euros.

Gastos en defensa jurídica

Se puede deducir el importe satisfecho por el contribuyente, en concepto de gastos de defensa jurídica derivados de la relación laboral en procedimientos judiciales de despido, extinción de contrato y reclamación de cantidades. El importe máximo será de 200 euros, tanto en tributación individual como conjunta.

Cónyuges personas con discapacidad

Las parejas de hecho o cónyuges de personas con discapacidad tienen derecho a una deducción fiscal de hasta 100 euros siempre que no superen el límite de renta de 25.000 euros en tributación individual. Se benefician un centenar de personas.

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