UNIVERSIDAD
El B2 de idiomas para acabar la carrera en Andalucía, a examen: así será el nuevo requisito desde 2029
El Gobierno y la Junta negocian la aplicación de la Ley Universitaria para Andalucía, que obligará a acreditar una lengua extranjera, aunque no supondrá crear una nueva asignatura en los grados

Fotografía de archivo de una alumna durante un examen universitario. / Manuel Murillo / COR
Rocío Soler Coll
La exigencia de acreditar un nivel B2 en una lengua extranjera para obtener un título universitario en Andalucía se ha convertido en uno de los puntos que deberán aclarar el Gobierno central y la Junta antes de completar el desarrollo de la nueva Ley Universitaria para Andalucía, conocida como Ley LUPA.
El requisito comenzará a aplicarse, según establece la norma, a partir del curso 2029/2030 y afectará al alumnado de grado de las universidades andaluzas. También tendrá incidencia en el acceso a determinadas figuras docentes, como las de profesor ayudante doctor y profesor contratado doctor.
La medida elevará la competencia lingüística exigida actualmente a los universitarios andaluces, que deberán acreditar antes de titularse un nivel equivalente al B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, similar al First Certificate de Cambridge.
Sin embargo, la discrepancia entre el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y la Junta de Andalucía no se centra en la conveniencia de exigir ese nivel, sino en cómo deberá incorporarse el requisito a los planes de estudios.
El B2 será obligatorio para obtener el título universitario
El artículo 13 de la Ley LUPA establece que los planes de estudios deberán garantizar que el alumnado acredite una lengua extranjera antes de finalizar la carrera. El nivel exigido no podrá ser inferior al B2, por encima del B1 que actualmente se solicita de forma generalizada para completar numerosos grados.
La obligación supondrá que los estudiantes que comiencen sus estudios en los cursos afectados deberán obtener la certificación antes de solicitar la expedición de su título. La ley también plantea extender esta exigencia lingüística al acceso a determinadas categorías del profesorado universitario.
El objetivo declarado es mejorar la formación internacional de la comunidad universitaria y favorecer la movilidad, la empleabilidad y la participación en programas académicos europeos.
No habrá una nueva asignatura obligatoria dentro de la carrera
Una de las principales dudas surgidas tras la aprobación de la norma es si las universidades deberán incluir una asignatura específica para preparar y obtener el B2 dentro de los diferentes grados.
Fuentes de la Consejería de Universidad descartan esta interpretación. Según la Junta, la ley no obliga a introducir una nueva materia de idiomas en los planes académicos ni a impartir esas clases como parte de la cartera ordinaria de asignaturas.
Los planes de estudios sí deberán reflejar que el alumnado tiene que acreditar el nivel antes de finalizar el grado, pero la preparación y certificación se desarrollarán por otras vías, como los centros de idiomas universitarios, las escuelas oficiales de idiomas o las entidades acreditadas.
La Junta sostiene que interpretar el artículo como una obligación de crear una asignatura específica responde a una “confusión” y considera que esta diferencia puede resolverse durante la negociación con el Gobierno sin necesidad de elevar el conflicto.
El Gobierno cuestiona cómo se incorporará el requisito
El Ministerio dirigido por Diana Morant no se opone, según la información conocida, a que Andalucía eleve hasta el B2 la exigencia de idiomas. De hecho, este nivel ya se solicita en determinados estudios y comunidades autónomas.
La discrepancia se concentra en la redacción del primer apartado del artículo 13. El Gobierno central entiende que podría interpretarse que las universidades estarán obligadas a incorporar la obtención del B2 dentro de sus propios planes de estudio.
El Ministerio cuestionaría esta posibilidad por su posible impacto sobre la autonomía universitaria y sobre la regulación estatal de los títulos oficiales. La Junta, por su parte, insiste en que la norma solo establece un requisito previo para obtener el título, pero no determina que deba superarse mediante una asignatura obligatoria.
La negociación deberá precisar la redacción y el alcance de este artículo para evitar interpretaciones diferentes cuando comience a aplicarse.
Más becas y plazas para aprender idiomas en las universidades
La implantación del B2 deberá ir acompañada de recursos públicos destinados a evitar que la nueva exigencia se convierta en una barrera económica para los estudiantes.
La Ley LUPA contempla que el modelo de financiación universitaria incorpore fondos para aumentar las becas, ayudas y plazas disponibles en los centros de idiomas. También prevé impulsar programas de movilidad internacional dirigidos al alumnado, al profesorado y al personal técnico, de gestión y de administración.
Las universidades andaluzas deberán disponer, además, de planes de plurilingüismo para fomentar la docencia en otras lenguas oficiales de la Unión Europea y favorecer la creación de titulaciones bilingües.
La aplicación práctica del requisito dependerá, por tanto, de los mecanismos de acreditación que establezca cada universidad y de los recursos públicos destinados a preparar al alumnado.
¿A quién afectará el nuevo B2 universitario?
El requisito está previsto para los estudiantes que deban finalizar sus estudios universitarios a partir de la entrada en vigor efectiva de la medida, fijada para el curso 2029/2030.
La norma no implica que todo el alumnado matriculado actualmente tenga que presentar de forma inmediata un certificado B2. Las universidades deberán concretar el régimen de aplicación, los procedimientos de acreditación y las posibles adaptaciones para los estudiantes que estén cursando sus titulaciones durante el periodo de transición.
También deberán detallarse qué certificados serán válidos, si se reconocerán asignaturas impartidas en una lengua extranjera, cómo se acreditarán las estancias internacionales y qué alternativas tendrán quienes no puedan acceder a programas de movilidad.
El Gobierno cuestiona 26 artículos de la Ley LUPA
El artículo sobre las competencias lingüísticas es solo uno de los apartados de la norma que han generado dudas en el Gobierno central.
Tras analizar la Ley 1/2026, Universitaria para Andalucía, el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades consideró que existían motivos para plantear discrepancias sobre 26 artículos, además de las disposiciones adicionales segunda, undécima y duodécima.
Las objeciones se enmarcan en el procedimiento estatal de seguimiento de las leyes autonómicas y afectan a aspectos que podrían entrar en conflicto con la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) o con competencias reservadas al Estado.
Durante la tramitación parlamentaria, los rectores de las universidades andaluzas también advirtieron de que algunos artículos podían vulnerar la legislación universitaria estatal. La norma salió adelante con el apoyo de la mayoría absoluta del Partido Popular y el rechazo del resto de grupos parlamentarios.
Una negociación previa a un posible recurso constitucional
El Gobierno y la Junta han acordado abrir un proceso de negociación antes de que el Ejecutivo central decida si presenta un recurso ante el Tribunal Constitucional.
El diálogo se desarrollará mediante la Comisión Bilateral de Cooperación entre el Estado y la comunidad autónoma. Este órgano deberá analizar las discrepancias y buscar una interpretación o modificación que permita evitar la impugnación de la ley.
También está prevista la constitución de un grupo de trabajo técnico encargado de proponer soluciones para cada uno de los artículos cuestionados.
En el caso concreto del B2, ambas administraciones parecen compartir la posibilidad de elevar la exigencia lingüística. La negociación deberá aclarar que el requisito puede incorporarse como condición para obtener el título sin obligar a las universidades a crear una asignatura específica dentro de todos los grados
Fuente: El Correo de Andalucía
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