La Audiencia de Málaga ha confirmado la decisión del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Torrox para continuar con la causa sobre el supuesto vertedero ilegal que durante 15 años mantuvo su actividad en el término municipal de Nerja. En concreto se investiga la responsabilidad, mediante un procedimiento abreviado abierto por el citado tribunal, de hasta 13 personas, entre ellas el actual alcalde nerjeño, José Alberto Armijo (PP), y la exregidora Rosa Arrabal (PSOE).

En el auto de la Audiencia Provincial de Málaga se han desestimado los recursos presentados por las defensas de los investigados. En el caso de algunos de ellos se expresaba que ni siquiera «de forma indiciaria» se puede constatar «la conducta delictiva que se les achaca» y se argumenta que habría que decretar el «sobreseimiento de la causa». Uno de los representantes jurídicos consultados recordaba al mismo tiempo que ambos representantes municipales, regidor y exalcaldesa, son además abogados de profesión «y conocen perfectamente la reglamentación urbanística y de protección medioambiental en el ámbito local».

El vertedero en cuestión partió de un proceso en el que se pretendía rellenar una antigua cantera, situada entre la localidad nerjeña de Maro y el término granadino de Almuñécar, en pleno Parque Natural Sierra de Tejeda, Almijara y Alhama. En los escritos que obran en poder de los tribunales aludidos se indica que supuestamente y durante década y media se habrían vertido «de manera incontrolada residuos de la construcción

Así se investigan delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente, y de prevaricación administrativa. La Sala de apelación considera ahora que de lo investigado por el momento se desprende «de forma indiciaria» que los investigados «han podido cometer» los delitos que se les investiga de forma inicial en cada caso; apuntando que en la primera resolución dictada se recoge la motivación «exigida para poder continuar la causa por el trámite previsto del procedimiento abreviado».

Así se precisa que del auto recurrido se desprende, por un lado, «los hechos punibles, claros y concisos, que pueden ser imputados» y, por otro, «las personas a las que se les puede imputar, sin que sea precisa una valoración en profundidad» en este momento procesal. Asimismo, se rechaza la supuesta indefensión a la que también aludían las defensas respecto a las personas investigadas.

La Audiencia Provincial incide en que los recursos no pueden ser considerados respecto a este caso porque no se aprecian «argumentos jurídicos determinantes». Y se insiste por lo tanto en que es adecuada «la aplicación del ordenamiento jurídico realizada por el juez de instrucción». La decisión tomada en su día «resulta acomodada a la realidad que aflora de la documentación», expresa el auto.