El Juzgado de lo Penal número 14 de Málaga ha rechazado suspender la pena de un año de cárcel impuesta a un trabajador de Parque Animal de la localidad malagueña de Torremolinos por un delito de maltrato animal, por el que también fue condenada la que era dueña de dicha protectora, que ya ingresó en prisión. Así, el magistrado da al hombre un plazo de cinco días para entrar en la cárcel.

Esta decisión se produce después de que la Fiscalía de Málaga se opusiera a la suspensión de la pena solicitada en su momento por la representación legal del condenado, la cual, según han señalado a Europa Press fuentes del caso, tiene intención de presentar un recurso de apelación contra la resolución del juzgado denegando la suspensión.

Desde la protectora El Refugio han aplaudido el auto del juez que, según han indicado en un comunicado, señala que no se concede la suspensión por "la gravedad" de los hechos y "la extrema alarma social que conductas como la desarrollada por el condenado producen en nuestra sociedad y cultura occidental, cada vez más sensibilizada respecto del respeto y protección en los derechos de los animales".

El magistrado da al condenado un plazo "improrrogable" de cinco días para ingresar voluntariamente en la cárcel para cumplir la pena impuesta, "bajo apercibimiento de acordar su busca y captura". Desde el colectivo han señalado que es "la primera vez en España" que un juez acuerda el ingreso en prisión "con una pena inferior a los dos años".

La Fiscalía se opuso a la suspensión por "la gravedad de los hechos" y "el desprecio absoluto que con sus actos demostró por la vida y bienestar de los animales a los que se supone que debía cuidar". En caso de no rechazarse la suspensión, se proponía que el condenado participara en un programa de protección de animales e hiciera trabajos en beneficio de la comunidad relacionados con la materia.

La Audiencia de Málaga confirmó la condena dictada por el juzgado contra la que era presidenta de Parque Animal, a la que impuso tres años y nueve meses de prisión y multa de 19.800 euros por los delitos de maltrato animal, falsedad e intrusismo profesional, por el sacrificio "masivo" de perros y gatos. Asimismo, ratificó la condena al empleado por maltrato e intrusismo profesional.

La sentencia de la Audiencia aceptó los hechos declarados probados por el juzgado, que consideró que la acusada era quien "impartía las instrucciones y ejecutaba materialmente los hechos" con la colaboración del trabajador; realizando los sacrificios desde principios de 2008 y al menos hasta octubre de 2010.

Para la Sala, los condenados, "ejerciendo actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico, aumentaron de una manera deliberada y consciente el sufrimiento de los animales a los que sacrificaban, defraudando la confianza de las personas que entregaron animales a la asociación en la esperanza de que les encontrarían un hogar".

El Tribunal se remite a la resolución dictada por el juzgado, en el sentido de considerar que la entonces presidenta de la asociación, Carmen M., "con la cooperación" del otro, "causó intencionadamente la muerte de un número indeterminado de animales domésticos, por el procedimiento de aplicar de propia mano" un producto por vía intramuscular "a una menor dosis de la eutanásica, prolongando de esta forma la agonía de los animales".