Tribunales

Piden dos años de cárcel para una mujer acusada de quemar más de 500 hectáreas en Estepona

La Fiscalía señala que el incendio de 2009, que se extendió hasta Casares, comenzó en su finca tras prender fuego a hojarasca y vegetación sin medidas de seguridad y sin haber realizado ningún cortafuegos

EP

La Fiscalía de Málaga ha mantenido la acusación sobre una mujer por un delito de incendio al considerar su responsabilidad en el fuego que quemó más de 500 hectáreas de terreno de un paraje de Estepona en 2009. Así, el fiscal sigue pidiendo una pena de dos años de cárcel.

El juicio ha tenido lugar esta semana en el Juzgado de lo Penal número 5 de Málaga. La acusada ha sostenido su inocencia, señalando que el fuego no se inició en su finca; mientras que los peritos han ratificado que sí se produjo dentro y los testigos han confirmado que no vieron más personas en la zona, según fuentes judiciales.

Los hechos sucedieron el 9 de septiembre de 2009 en el paraje Los Pedregales, cuando la acusada, "con intención de quitar la hojarasca y la vegetación" de la finca colindante, así como del monte público, junto a su parcela, procedió a "prender fuego sin haber solicitado licencia para ello", señala el ministerio fiscal.

Asimismo, realizó dicha acción "sin ningún tipo de cortafuegos perimetral", además de "sin haber tomado medida alguna" y "sin prever que se podía propagar el mismo más allá de unos metros". En concreto, señala el escrito de la acusación pública, al que ha tenido acceso Europa Press, el fuego afectó a 524 hectáreas.

El incendio se produjo en época de peligro alto y se extendió a parcelas del término municipal de Casares, siendo necesarios para su extinción medios técnicos, tanto terrestres como aéreos, y humanos, tasándose inicialmente los gastos y daños en 1,2 millones de euros.

Por estos hechos, la Fiscalía acusa a la mujer de un delito de incendio forestal por imprudencia, solicitando que se le impongan dos años de prisión, con la aplicación de la circunstancia que atenúa la pena de trastorno depresivo, lo que afectaba levemente a sus facultades mentales.

Asimismo, se insta a que se le condena al pago de una multa de 3.000 euros y a que indemnice a la Junta de Andalucía y al Ayuntamiento por los gastos, así como a los perjudicados según resulte confirmado en la ejecución de la sentencia.