Tribunales

Condenan a Benalmádena a pagar 300.000 euros al propietario del mítico barco Willow

La concejala del Puerto anuncia que recurrirán la sentencia y que ya ha interpuesto una querella contra la empresa por un presunto delito de falsedad documental, al no haber podido demostrar la validez del supuesto contrato, en cuyo incumplimiento se basa la demanda inicial de 13,6 millones de euros

Imagen del barco Willow, en Puerto Marina Benalmádena.

Imagen del barco Willow, en Puerto Marina Benalmádena. / L.O.

El Ayuntamiento de Benalmádena ha sido condenado a pagar 300.000 euros a la propiedad del mítico barco Willow, que continúa semihundido en Puerto Marina, y había presentado una demanda de 13,6 millones de euros por un supuesto incumplimiento de contrato.

La concejala del Puerto, Encarnación Cortés, ha informado de que, ante la evidencia de los hechos y tras la celebración del juicio, la empresa municipal Puerto Deportivo ha interpuesto una querella contra la entidad propietaria del Willow por presunto delito de estafa procesal y falsedad documental, por considerar que el contrato que aportó para reclamar más de 13,5 millones de euros a la entidad no cuenta con ningún tipo de validez jurídica ni administrativa.

La propietaria del mítico barco del Misisipi presentó una demanda contra el puerto en la que reclamaba 13.650.000 euros, una cantidad demandada en base a un supuesto contrato millonario de alquiler con un tercero.

"El supuesto contrato no se aportó con la demanda, facilitándose únicamente un documento impreso en un ordenador sin firma alguna y, pese a llamarse contrato de arrendamiento, no se acreditó ni el pago de la fianza ni el pago de cantidad alguna que demostrara la existencia real del citado contrato", ha explicado la concejala.

"Jamás se había reclamado con antelación a Puerto Deportivo cantidad alguna en virtud de dicho contrato, no habiéndonos informado de su existencia, y ni siquiera declaró en el juicio persona alguna que lo hubiera firmado", ha añadido Cortés.

Además, un perito economista acreditó que la empresa arrendataria no podía cumplir con lo que decía el contrato, tanto por encontrarse en causa de disolución como por tener un expediente abierto en la Comisión Nacional del Mercado de Valores, que anunciaba a los inversionistas que no reunía los requisitos necesarios para contratar, alegando la parte contraria que la operación se realizaría con criptomonedas.

Y "tampoco se aportó ningún documento que acreditara ni tan siquiera la negociación previa con esa compañía", ha apuntado Cortés. Por ello, Puerto Deportivo impugnó la validez del documento en la contestación a la demanda, y recurrió su admisión fuera de plazo.

"Aunque hayan reclamado más de 13.650.000 euros y solo se haya estimado unos 300.000, lo que supone una estimación de apenas un 2 %, el Puerto Deportivo quiere mostrar su desacuerdo con el contenido de la sentencia, y por ello presentaremos el recurso de apelación correspondiente para solicitar la desestimación de la demanda", ha anunciado la concejala. 

La sentencia sí ha estimado la solicitud del Puerto Deportivo para el desalojo inmediato de la embarcación del atraque que actualmente ocupa y, en caso de la imposibilidad de su reflote, proceder a su desguace y a la retirada de los restos.