Tribunales
Condenado a 24 años por el ataque "brutal" a su exnovia con 27 puñaladas
Se le condena también por malos tratos y amenazas a su expareja y se le impone "la prohibición expresa de residir o transitar en la localidad donde resida la víctima" y el pago de 306.830 euros de indemnización.

La fachada principal de la Ciudad de la Justicia de Málaga. / Álex Zea
EP
La Audiencia de Málaga ha condenado a 24 años y un mes de prisión a un hombre por malos tratos y amenazas a su expareja desde casi el comienzo de la relación, en la que tuvo "control" sobre ella, y por intentar asesinarla en una agresión "brutal" en mayo de 2021, en la que le asestó 27 puñaladas. También se le impone "la prohibición expresa de residir o transitar en la localidad donde resida la víctima" y el pago de 306.830 euros de indemnización.
Según se señala en la sentencia de la Sección Octava, el acusado, con antecedentes penales de lesiones, mantuvo una relación de pareja con la víctima entre mayo de 2019 y enero de 2021, conviviendo en Fuengirola, pero la mujer rompió por "el comportamiento de control, dominio y menosprecio que él mantenía para con ella desde un principio, harta, además, de denigraciones".
Desde los tres meses de relación, el acusado, considera probado la resolución, la sometía "a continuas vejaciones", con insultos y también amenazas, como "os mato a tiros"; así como agresiones, lo que determinó que ella decidiera, "al no poder soportarlo más", no continuar con el mismo y finalizar esa unión. No obstante, seguían hablando por teléfono y en redes sociales.
Para la Sala, están acreditados algunos incidentes durante la relación, como cuando le remitió por una red social mensajes en los que la insultaba y amenazaba. Otro hecho fue la agresión en la que la arrastró del pelo por una habitación del domicilio durante una discusión, tras lo que la culpó y le dijo que "le había hecho superar sus límites".
Asimismo, en otro momento de la relación el acusado propinó a la mujer un golpe en la cara en el portal del edificio, tras regresar ambos de efectuar unas compras, apareciendo su madre en ese momento, a la que le dijo que "se había golpeado con el buzón que se encontraba a su misma altura". Además, a finales de enero de 2021, el hombre le dio un codazo.
Tras esta última agresión, la mujer le pidió al acusado que abandonara la vivienda y, así lo hizo, "no sin antes romper determinados objetos y vestimenta que pertenecían a aquella y que se encontraban en su dormitorio". Continuamente, dice la sentencia de la Audiencia malagueña, le enviaba mensajes "con el fin de menospreciarla".
El hecho más grave fue en mayo de 2021, ya acabada la relación, cuando la mujer recibió una llamada del acusado, quien le pidió que fuera a visitarle a la casa en la que residía en ese momento con la excusa de que le daría un dinero por los efectos que había roto. La víctima fue. Tras unas breves palabras, el procesado le dio el dinero para acto seguido decirle "ahora te vas a enterar'", iniciando una agresión, "movido por los mismos sentimientos de dominación y de reproche que presidieron su relación, además por los celos ante el hecho de que ella pudiera estar iniciando una nueva relación con otra persona", señala la resolución.
Así, según la sentencia, "con intención de acabar con su vida, de forma sorpresiva y sin que aquella lo esperara, le propinó un fuerte puñetazo en la cara que le hizo caer al suelo y le pegó varias patadas y golpes en la cabeza y en el cuerpo que la dejaron aturdida y sin capacidad de reaccionar". Tras esto, cogió un cuchillo que tenía preparado en la cocina.
A pesar de que la mujer estaba ya semiinconsciente, "comenzó a apuñalarla reiteradamente, de manera voluntaria y deliberada por todo el cuerpo aumentando con ello el dolor de la agredida"; un ataque que alcanzó "numerosas y diversas partes de su anatomía, entre ellas algunas vitales tales como cabeza, cuello, pecho y costado.
El cuchillo llegó a fracturarse, "separándose el mango de la hoja y quedando parte de ella incrustada en el cráneo de la mujer", que presentó múltiples lesiones "que provocaron en la misma un enorme sufrimiento en ese estado de desvanecimiento que padecía". Encontrándose "malherida mortalmente en el suelo", rodeada de un gran charco de sangre", el acusado realizó dos llamadas a emergencias.
En esas comunicaciones señalaba que "quería entregarse, que se había peleado con su expareja y estaba sangrando mucho y perdiendo la conciencia, para que fueran rápido". Tras eso, colgó y abandonó la vivienda "dejando a la víctima en el estado que se encontraba y sin prestarle ningún auxilio". Cuando llegaron los agentes encontraron al hombre en la puerta, pero no les facilitó el acceso.
"Las heridas causadas por el acusado habrían provocado la muerte de la mujer de no haber recibido la aludida asistencia tal y como la percibió", dice la sentencia. Tardó en curar 275 días, aunque presenta secuelas, como limitación de la movilidad de algunos dedos, insuficiencia renal y múltiples cicatrices. También tuvo que seguir asistencia psicológica.
El hombre fue acusado tanto por la Fiscalía como por la acusación particular, ejercida por la abogada Pilar Morales, en representación de la víctima, y ahora se le condena por un delito de asesinato en grado de tentativa, malos tratos habituales, dos de maltrato o lesiones y otro de amenazas graves en el ámbito de la violencia sobre la mujer.
Además de los 24 años de prisión, se le impone el pago de 306.830 euros de indemnización y la prohibición de aproximarse a la mujer en cualquier lugar en el que esté a menos de 500 metros y de comunicarse con ella, junto a "la prohibición expresa de residir o transitar en la localidad donde resida la víctima" durante un total de 41 años.
Acreditado
En cuanto a los malos tratos, el Tribunal destaca el relato de la víctima, que considera "digno de elogiar", y que describió la situación a la que se vio sometida por parte del acusado; el control en el uso de sus redes sociales, de su vestimenta, "pretendiendo restringir las salidas que hacía con sus amigas y llamándola reiteradamente"; además de las amenazas. Una situación que llegó a su grado "más intenso" el día del intento de asesinato.
Precisamente, sobre este hecho, para la Sala, "el acusado actuó con pleno conocimiento de la capacidad de su acción para causar la muerte de la mujer y con absoluta intención de que así fuera en la modalidad de dolo directo, siendo ese su único propósito", descartando cualquier circunstancia que atenúe la responsabilidad penal.
"La Sala no tiene duda de que el acusado al acometer a la mujer como lo hizo, actuó con conocimiento directo del peligro generado con su brutal e inopinado ataque, y con total indiferencia hacia la producción del resultado de muerte que, obviamente así buscó", pone de manifiesto la sentencia de 117 folios.
Así, incide en un "aumento consciente y deliberado del dolor de la víctima" y en el contexto "de agresividad con la que actuó el acusado" en ese momento y considera que con las periciales queda "más que acreditado la agresión, la intensidad y los numerosos apuñalamientos", por lo que concluye que hay "suficiente prueba de cargo".
Habla de un acometimiento "premeditado" y "en la creencia que la víctima se merecía lo que le hizo, con todo organizado para su fin". "Es palmario que el acometimiento cesó cuando el agresor se vio privado de seguir utilizando el arma blanca", ya que se rompió, añade la sentencia, que apunta que "pese a sus llamadas a emergencias, tenemos la convicción de que no hubo ni arrepentimiento por parte del acusado, ni desistimiento voluntario", como argumentó la defensa.
La Sala acuerda la prórroga de la prisión provisional del acusado hasta el límite máximo de 12 años y 15 días, lo que supone la mitad de la pena privativa de libertad impuesta en la sentencia, que no es firme.
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