La batalla judicial que el Festival de Málaga mantiene contra el excoordinador del certamen, Antonio Luque, que fue despedido en junio del pasado año por, entre otros motivos, adjudicarse un complemento de 1.250 euros al mes «en concepto de comisión de servicio, por su propia voluntad y sin que fuera autorizado por la gerencia del certamen» , vuelve a dar la razón a Luque, aunque esta vez el fallo procede del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

La sentencia, a la que ha tenido acceso La Opinión de Málaga, desestima el recurso de suplicación formulado por el Festival de Málaga y confirma la anterior sentencia, emitida el pasado octubre por el Juzgado de lo Social número 5 de Málaga que declaró improcedente dicho despido.

En su sentencia, el TSJA va más allá y señala al gerente del certamen, Carmelo Romero, a quien se le recuerda que «viene percibiendo asiduamente idéntico concepto», puede «difícilmente ahora reprochar» a Luque «percibir el mismo, ni mucho menos achacarle que ello sea por su propia voluntad». «Por lo cual –prosigue la sentencia–, resulta inviable que el coordinador pudiera por su propia y exclusiva voluntad, y sin la debida autorización y conocimiento del departamento de gestión, autoirrogarse el devengo y percibo de un complemento salarial ajeno al convenio y en un importe nada desdeñable: así como que ello pudiera producirse a espaldas de la entidad».

El juez sentencia como «absolutamente ilógico» que esta situación pudiera «acontecer por la propia voluntad del actor que, en su condición de coordinador de la entidad, carecía por completo de autoridad y potestad de mando para acordar el devengo, por lo que necesariamente hubo de ser acordado y autorizado por los órganos de gestión».

Preguntado por esta sentencia, el concejal de Cultura, Turismo y Deporte, Damián Caneda, aseguró respetarla y matizó que su inicial idea de llevar el caso «hasta las máximas instancias», como así lo indicó tras el primer fallo del el Juzgado de lo Social, pasa ahora por «estudiar otras posibilidades».