Este miércoles la vicepresidenta Soraya Saénz de Santamaría reconoció en la sesión de control en el Congreso que el Gobierno había puesto en marcha una amnistía fiscal "aplicando la ley". Era la primera vez que un miembro del Ejecutivo utilizaba este término para referirse a la "regularización extraordinaria" fiscal que el equipo de Mariano Rajoy inició en abril de 2012.

En aquel momento se vendió como una medida para ingresar dinero en el Estado, de forma que las empresas y particulares que no tenían sus cuentas en orden podían ponerlas al día pagando un impuesto simbólico del 10%, una cifra muy inferior a la que habían dejado de ingresar.

La decisión no gustó ni un ápice a los Inspectores de Hacienda que tachaban el procedimiento de ir en contra uno de los principios de la Constitución: luchar por un sistema tributario justo basado en la igualdad.

La ironía recae en que, lo que pareció un oasis a todos aquellos que se acogieron a ella se ha convertido en un infierno para muchos, al descubrirse su origen ilícito, como en el caso de Rodrigo Rato.

Sus antecedentes

La actual amnistía no es algo inaudito en España. Existen dos precedentes en época de democracia.

La primera vez tuvo lugar en 1984, cuando Miguel Boyer estaba al frente del Ministerio de Economía y Hacienda. Por aquel entonces se permitió una amnistía a través de compra de pagarés públicos conocidos como afros.

La segunda aministía fiscal de la democracia se produjo en el año 1991, durante el Gobierno de Felipe González, en la que se permitió la compra de deuda pública con dinero evadido a un interés del 2% (cuando el interés por entonces de dichas inversiones ascendía al 13%)

¿Hay diferencias entre unas y otras?

Para los inspectores la amnistía del PP parecía más explícita que las anteriores, aunque se advirtió de que se investigaría el origen del dinero. Durante las dos amnistías anteriores, no existía la Agencia Tributaria, que se creó en 1992, con el fin de hacer cambios normativos tributarios necesarios para que los españoles se pusiesen al día

En realidad, las amnistías no tienen por qué indagar en el origen del capital ya que los límites de Hacienda son los fiscales, no los jurídicos. Otra cuestión es que a través de una investigación judicial se conozca un origen ilícito, pero son dos procedimientos distintos.