Reforma laboral

El Gobierno quiere multiplicar el coste para las empresas de los contratos temporales ultracortos

La Seguridad Social pretende desincentivar que las empresas den de baja, por ejemplo, un trabajador el viernes para volver a contratarlo el lunes

El ministro de Inclusión y Seguridad Social, José Luis Escrivá, en el pleno del Congreso.

El ministro de Inclusión y Seguridad Social, José Luis Escrivá, en el pleno del Congreso. / Agencias

Gabriel Ubieto

Reducir los elevados niveles de temporalidad en el mercado laboral español es uno de los principales objetivos de la reforma laboral del Gobierno de coalición. Y para ello los Ministerios implicados van poniendo encima de la mesa distintas propuestas. Una de las últimas tiene la marca del Ministerio de Seguridad Social y consiste en multiplicar las cotizaciones sociales que pagan los empresarios por los contratos temporales ultracortos. El objetivo es desincentivar aquellas prácticas empresariales que, para con la intención de ahorrarse dinero, dan de baja a un trabajador temporal el viernes y lo vuelven a contratar el domingo; entre otros. 

Como dato para situar la temporalidad, en septiembre, últimos datos disponibles del SEPE, se firmaron 1,9 millones de contratos en España. De los cuales, el 22% duró menos de una semana y el 335 menos de un mes. Lo que genera una rotación laboral muy elevada. Hasta el punto de que en el 2019, antes del covid, se firmaron 27 millones de contratos. Cuando en España la población ocupada es de unos 19,5 millones de personas.

Los contratos temporales ya están actualmente obligados a pagar mayor porcentaje de cotizaciones sociales que los indefinidos. Y únicamente sobre los contratos de menos de cinco días se aplica otro recargo especialmente elevado. La idea de Escrivá ahora es gravar más la temporalidad y extender dicho gravamen más allá de esos cinco días y con especial acento sobre las intermitencias. Hasta el punto de que plantea triplicar la cuota de contingencias comunes en el caso de los contratos de menos de un mes; según figura en el último borrador remitido a los agentes sociales y sobre el que han discutido este miércoles en la reunión relativa a reforma laboral. 

"En los contratos de carácter temporal, la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes se incrementará, en el mes en que se produzca la baja del trabajador y por cada una de dichas bajas, en el triple del importe diario determinado por la aplicación del tipo de cotización a cargo de la empresa al tope mínimo de cotización para las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional", reza la propuesta del Ejecutivo.