Tribunales

El Supremo esquiva la querella contra sus magistrados por favorecer a los bancos sobre aplicación del índice hipotecario

Un juzgado de Mallorca eleva dos cuestiones prejudiciales al TJUE en dos semanas por posibles prácticas desleales en la aplicación del IRPH

Viviendas en construcción.

Viviendas en construcción. / EP

Cristina Gallardo

El Tribunal Supremo ha evitado por el momento tener que hacer públicos sus argumentos para inadmitir la querella presentada por el despacho Arriaga Asociados, especializado en reclamaciones de tipo bancario, contra cuatro de sus jueces de la Sala Civil, a quienes atribuyen prevaricación y coacciones a la hora de aplicar la jurisprudencia europea sobre el índice referencia de préstamos hipotecarios (IRPH). La Sala de lo Penal archivó la iniciativa de los abogados por falta de competencia, pero les recordó su derecho a reproducir su petición ante el órgano correspondiente, la sala especial del artículo 61, donde Arriaga ha acudido para hacer valer sus pretensiones.

Así lo manifiestan a El Periódico de España fuentes del citado bufete, que no descartan que, de inadmitirse finalmente su querella en el alto tribunal y una vez agotada esta vida, continúen pleiteando por una correcta aplicación de la jurisprudencia europea sobre este asunto en el Tribunal Constitucional e incluso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

Arriaga presentó su querella a mediados del mes de marzo en la Sala de lo Penal del Supremo contra los magistrados de lo Civil Ignacio Sancho Gargallo, Rafael Sarazá Jimena, Pedro José VeraTorres y Juan María Díaz Fraile, que a su juicio vienen dictando sentencias relativas al IRPH de carácter injusto. Según el despacho, las resoluciones se utilizan argumentos "genéricos y masivos" en favor de la posición de los bancos y en contra de los consumidores.

Apenas unas semanas después, el 31 de marzo, la Sala presidida por Manuel Marchena dictó un auto recordando que este órgano, el de lo Penal del Supremo, no es el competente para ver este asunto, pues la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) atribuye a la Sala especial denominada 'del artículo 61' -por regularse en dicho precepto- la competencia sobre las causas contra los presidentes de Sala o contra los magistrados del alto tribunal "cuando sean juzgados todos o la mayor parte de los que la constituyen", como es el caso. Ello condujo a archivar las actuaciones "sin perjuicio del derecho que asiste al querellante a reproducir su petición ante el órgano correspondiente", según señala el auto al que tuvo acceso este diario.

Frente a ello, Arriaga no se conforma y el pasado 6 de mayo volvió a dirigir la querella contra los mismos magistrados ante la Sala del Artículo 61, y la ponencia sobre la nueva admisión o no de la misma le ha correspondido al magistrado Antonio del Moral. La Sala del 61 es un tribunal especial que integran el propio presidente del Supremo, Carlos Lesmes; los presidentes de cada una de las cinco salas y los magistrados más antiguo y más moderno en su entrada al órgano.

La actuación de los abogados responde a tres sentencias dictadas por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo a finales de enero pasado, relativas a la nulidad de la cláusula IRPH en contratos hipotecarios. En ellas se señalaba que, a pesar de ser no transparente, la cláusula no es abusiva porque no necesario informar al cliente al tratarse de un índice oficial.

El Tribunal Supremo se pronunciaba así en aplicación del criterio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En su resolución, reiteró que el IRPH no era un índice abusivo y aclaró que no era necesario que el banco entregase al consumidor un folleto previo que recogiese la evolución anterior del índice.

Índice publicado en el BOE

Según Arriaga Asociados, sin embargo, el TJUE exige estudiar cada caso del IRPH de forma individual, mientras que el Supremo utiliza argumentos genéricos como que la mera publicación del IRPH en el BOE hace que el consumidor conozca el coste de su préstamo, sin tener en cuenta que cualquier consumidor medio, en la década de los 2000, no tenía acceso al BOE y en este no se explica el funcionamiento del índice. "El Alto Tribunal exime a los bancos de informar a sus clientes, aunque esto suponga un grave perjuicio para ellos, contraviniendo al TJUE", insisten desde el despacho.

Asimismo, el bufete resalta que el Tribunal Supremo solo cita la mitad del párrafo del auto del TJUE sobre la existencia de datos públicos disponibles y accesibles sobre el índice IRPH (en el BOE) y "omite maliciosa y deliberadamente la segunda parte del párrafo donde Europa dice que el banco tiene que cumplir con el deber de informar personalmente".

Por otro lado, el despacho recuerda que, en un auto del 15 de febrero, el Tribunal Supremo dictaminó que la retirada del recurso de casación por el consumidor no llevará aparejada la condena en costas en los litigios por IRPH por falta de "interés casacional". 

En opinión de Arriaga Asociados, esto supone "incentivar de forma masiva a todos los consumidores a no presentar recursos de casación sobre el IRPH, sin estudiar el caso concreto, tal y como exige el Tribunal de Justicia de la Unión Europea". Ello supone a juicio de esta parte "un posible delito de coacciones", cuando el Tribunal Supremo "incentiva y presiona al consumidor a no presentar o desistir de un recurso de casación de IRPH en contra de su deseo, bajo la premisa de ahorrarse la condena en costas".

Las palabras de Lenaerts

Fuentes del despacho también aluden a las manifestaciones realizadas por el presidente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Koen Lenaerts, durante un acto en Madrid la semana pasada, cuando señaló que "los estados no pueden tener opiniones diferentes sobre el Derecho de la Unión".

Las cuestiones relativas al IRPH no han conseguido pacificarse tras el último posicionamiento del TJUE. De hecho, un juzgado de Baleares, el número 17 de Palma de Mallorca planteó el pasado 19 de abril una cuestión prejudicial ante este órgano en la que se plantea, por primera vez, que las entidades financieras ejercieron una práctica desleal en la comercialización de hipotecas ligadas al IRPH. 

Se trata de la segunda iniciativa sobre el IRPH que presenta la magistrada Margarita Isabel Poveda ante el TJUE en menos de quince días. Las cuestiones pendientes ante el tribunal europeo son ya cuatro si a las del juzgado balear se suman a las dos cuestiones planteadas por el magistrado Francisco González de Audicana, del Juzgado de Primera Instancia número 38 de Barcelona, sobre otras cuestiones que consideran dudosas en relación con el índice hipotecario.