Directiva
Díaz plantea un permiso laboral de al menos cinco días para cuidados familiares
El ministerio de Belarra quiere que el permiso se amplíe a siete días y que sea remunerado | Trabajo somete a consulta pública la trasposición de la directiva sobre conciliación familiar
Rosa María Sánchez - Gabriel Ubieto
El Gobierno regulará un permiso de al menos cinco días laborales al año para trabajadores y trabajadoras destinado al cuidado de diferentes familiares o convivientes en el núcleo familiar. El Ministerio de Trabajo ha sometido este lunes a consulta pública la trasposición de la Directiva de 20 de junio de 2019 sobre conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, que incluye el derecho a disfrutar de un permiso para cuidadores de cinco días laborales al año, con el fin de ofrecer más oportunidades de permanecer en el mercado de trabajo a los hombres y las mujeres con responsabilidades en el cuidado de familias.
La directiva habla de cinco días, según recuerda el Ministerio de Trabajo en el texto con el que se abre el proceso de consulta pública, pero el periodo podría ser mayor. Así, la ley de familias que prepara la ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, pretende incorporar un permiso retribuido de siete días al año, ampliable a 9 días para el caso de que se requiera un traslado a otra comunidad autónoma. Falta por conocer si este doble planteamiento (siete días y remunerados) será el que finalmente adopte el Consejo de Ministros.
Remuneración
El texto de la directiva no determina si el permiso deberá ser remunerado o no. Cada Gobierno puede decidir al respecto. El propósito de los ministerios que dirigen Yolanda Díaz e Ione Belarra es que el permiso sea remunerado. La experiencia del plan 'Me cuida' que se puso en marcha frente al covid-19 demostró la escasa utilización de estos permisos familiares no retribuidos. En el Ministerio de Trabajo existe la convicción de que para que esta medida de conciliación familiar sea eficaz es imprescindible que el permiso será remunerado. No obstante esta cuestión esencial también deber ser discutida en el seno del Gobierno.
En todo caso, la directiva consagra el derecho al permiso para cuidadores en el sentido de que todas las personas trabajadoras deben conservar su derecho a ausentarse del trabajo, sin menoscabo de sus derechos laborales, por causa de fuerza mayor por motivos familiares urgentes o inesperados. Además de la posibilidad de que las personas trabajadoras que sean progenitores y cuidadores puedan adaptar su calendario de trabajo- en sus distintos elementos- a sus necesidades y preferencias personales.
El proceso de consulta pública para la trasposición de la directiva sobre conciliación de la vida familiar y laboral estará abierto hasta el 28 de junio y es previo a la redacción del anteproyecto de ley que debería recoger los preceptos de la directiva antes del 2 de agosto de 2022, según los plazos europeos. En el Ministerio de Trabajo, sin embargo, se asume que esta última fecha será difícil de cumplir de forma estricta; no obstante, se confía en que los trabajos de trasposición en marcha serán suficientes para evitar cualquier reproche por parte de la Comisión Europea.
Derecho al pluriempleo
El anteproyecto de ley también será aprovechado para trasponer otra directiva de 20 de junio de 2019, relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión Europea. El objetivo es actualizar la lista de elementos esenciales del contrato de trabajo en relación con los que las personas trabajadoras deben recibir información por escrito. También debe regular otro conjunto de derechos básicos como el relativo a la previsibilidad o al empleo en paralelo, sin que ningún empleador deba poder prohibir aceptar otros trabajos fuera del calendario laboral establecido, ni someter a esa persona a un trato desfavorable por ese motivo. Además, la trasposición de esta directiva debe permitir el derecho a la transición a otras formas de empleo más estables y a la formación para el trabajo para el cual ha sido contratado.
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