Hacienda recuerda cuál es la cantidad de dinero máxima que puedes llevar de viaje
Si no se comunica a la Agencia Tributaria, el dinero puede ser incautado y el ciudadano sancionado con multas de más de 600€
La Agencia Tributaria ha utilizado sus redes sociales para recordar una de las normas más curiosas sobre la posesión y transporte de dinero en efectivo. Para evitar el fraude, "las actividades ilegales como el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo", Hacienda obliga a todas las personas que entren o salgan de España a declarar en aduana cuando llevan más de cierto importe de capital.
Esta iniciativa se corresponde con el Reglamento Europeo 1889/2005 aprobado el 15 de junio de 2017 que busca reducir la delincuencia y aumentar la seguridad en todo el espacio común europeo, luchando "contra el blanqueo de capitales, el terrorismo y la delincuencia".
Así, explican a través de un vídeo publicado en el canal de YouTube de la Agencia Tributaria que "si vas a entrar o salir de la UE con 10.000€ o más, o el equivalente en otras monedas en efectivo, cheques con emisión del beneficiario y determinados artículos de oro o una combinación de ellas ya sea viajando, por aire o por mar o por tren o por carretera debes declararlo en la Aduana. Si no lo hace puede ser objeto de sanción".
La forma en la que se ingresa al país es indiferente para la Agencia Tributaria: ya entremos por tierra, mar, o aire estamos obligados a declarar el efectivo que llevamos encima cuando supere la cantidad de 10.000€.
¿Cuál es la sanción por no declarar el dinero ingresado?
Según explican en un dossier informativo de Hacienda, la pena por no declarar ante las autoridades una entrada o salida del país con más de 10.000€ puede llevar a la retención o incautación del dinero y la sanción del responsable de un importe mínimo de 600€: "La omisión de esta declaración o la falta de veracidad de los datos declarados determinarán la intervención por los Servicios de Aduanas o las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de la totalidad de los medios de pago hallados, salvo el mínimo de supervivencia que se determine".
Modelo S-1 para declarar el ingreso o la salida de dinero
Los movimientos de dinero hacia dentro o fuera del país se deben declarar a través del modelo S-1, que se puede tramitar a través de la página web de la Agencia Tributaria y, posteriormente, presentarse ante la aduana, en las salidas. En el caso de los movimientos por carretera en países fronterizos que no tienen control de aduanas, se puede presentar ante cualquier Dependencia o Administración de Aduana e Impuestos Especiales antes de abandonar el país o mediante sede electrónica.
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