La campaña de la declaración de la Renta da el pistoletazo de salida este 11 de abril: a partir de este día, los contribuyentes podrán ajustar cuentas con la Agencia Tributaria sobre su aporte al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas respecto al ejercicio de 2023. El último día para presentar la Declaración será el próximo 30 de junio y se podrá realizar por tres vías: telemática, telefónica y presencial.

En el caso de aquellas personas que quieran domiciliar al pago de la declaración de la Renta, tendrán de plazo hasta el 27 de junio de 2023 (tres días antes que el resto) para presentar el documento.

El borrador de la declaración de la Renta

Una de las formas más sencillas de presentar el modelo del IRPF es a través del borrador de la declaración de la Renta: un documento generado automáticamente por la Administración donde Hacienda calcula cuánto debe pagar el contribuyente o cuánto se le tiene que devolver en función de los datos recogidos a lo largo del ejercicio y los actualizados al completar el borrador.

Antes de aceptar el borrador de la declaración de la Renta, es importante revisar los datos recogidos en ella para no incurrir en errores, ya que se trata de un registro automático que puede contener imprecisiones.

¿Qué datos hay que revisar en el borrador de la Declaración?

Aunque la Agencia Tributaria advierte que, formalmente, el borrador no puede tener fallos, al obtener la información de terceros pueden existir datos que no estén incluidos en el modelo y que, por tanto, distorsionen el resultado del borrador. Además, existe cierta información que solo puede ser aportada por el propio contribuyente, como por ejemplo las cuotas sindicales, que no pueden ser obtenidas directamente por Hacienda.

Por tanto, la información más importante a revisar en la declaración de la Renta es la relativa a los inmuebles propiedad del contribuyente y sus referencias catastrales, las cuotas sindicales, los datos personales y familiares (entre ellos, el derecho a la deducción por maternidad), las aportaciones a planes de pensiones, las deducciones por inversión o alquiler en viviendas habituales y las deducciones autonómicas.

Multa por datos erróneos o incompletos en la declaración de la Renta

Los errores al confirmar el borrador de la declaración de la Renta no solo pueden llegar a distorsionar el saldo positivo o negativo que debemos a Hacienda: también pueden provocar una sanción de entre 150€ y un 15% de la cantidad recibida por haber aceptado información incorrecta.

En el caso del domicilio fiscal, es importante ratificarlo, ya que si lo hemos cambiado y no avisamos a Hacienda nos enfrentamos a una multa de 100€.