Seguridad Social podría multar con entre 60€ y 187.515€ a los pensionistas que no hagan esto
Estas son las razones que puede poner contra las cuerdas a los pensionistas

Seguridad Social podría multar con hasta 187.515 euros a los pensionistas que no hagan esto
Aunque el cumplimiento de las normas debería ser motivado por el bien común y la responsabilidad social, en la mayoría de los casos es necesario recurrir a sanciones administrativas o multas para garantizar que los ciudadanos no cometan infracciones. El sistema está diseñado para proteger a todos, pero la falta de acción o el desconocimiento de la normativa pueden llevar a consecuencias que van más allá de simples advertencias. Un claro ejemplo de esto lo encontramos en la Agencia Tributaria: que impone sanciones a quienes no presentan sus declaraciones fiscales correctamente o en los plazos establecidos.
Sin embargo, esta necesidad de aplicar medidas punitivas no es exclusiva de Hacienda: la Seguridad Social también puede imponer sanciones severas a aquellos pensionistas que no cumplan con sus obligaciones.
En este contexto la Seguridad Social ha establecido una serie de reglas que los pensionistas deben seguir para asegurarse de que sus prestaciones se mantienen en orden. Estos cambios incluyen notificar cualquier alteración en su situación personal, familiar o económica.
Inclumplir esta obligación no solo puede generar complicaciones en el cobro de las pensiones, sino que también puede resultar en fuertes multas que oscilan entre los 60 y los 187.515 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.
Los pensionistas tienen la obligación de notificar a la Seguridad Social cualquier modificación que pueda afectar el derecho a percibir una pensión. Entre los casos que deben ser reportados se incluyen los cambios en la situación familiar, como un cambio de estado civil (divorcio, matrimonio), un nacimiento o una defunción dentro de la familia; los cambio de domicilio, ya sea de residencia habitual o fiscal, ya que esto podría alterar el régimen fiscal o los beneficios aplicables; los cambios en la situación económica (si el pensionista empieza a percibir ingresos adicionales, como rentas del trabajo, pensiones extranjeras o nacionales, o cualquier otra fuente de ingresos) o el comienzo de una nueva actividad laboral, ya que un cambio en la situación laboral podría influir en la cuantía de la pensión o en la elegibilidad para seguir recibiéndola.
Multas por no comunicar los cambios
En la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social se establecen sanciones que van desde leves hasta muy graves, y que abarcan multas que se ajustan según el tipo de infracción cometida.
Las infracciones leves son aquellas que incluyen casos como no acudir, sin justificación, al requerimiento de la Seguridad Social o no presentar ciertos documentos a tiempo. Las multas en este caso varían entre 60 y 625 euros, y en los casos más recurrentes pueden llegar a la pérdida total de la pensión.
Por otra parte, las infracciones graves como no comunicar la baja de una prestación o el cese de la situación que justifica la pensión puede acarrear multas más altas. Dependiendo de la gravedad de la infracción, estas sanciones pueden ir de 626 a 6.250 euros, lo que representa una penalización seria que afecta considerablemente la economía del pensionista.
Y ya por último, en la categoría de las infracciones muy graves encontramos todas aquellas situaciones como el fraude para obtener una pensión indebida o mayor de lo que corresponde. Las multas por infracciones muy graves son sumamente severas, con sanciones que pueden alcanzar desde 6.251 euros hasta 187.515 euros, dependiendo de la gravedad y la extensión del fraude.
Para evitarel tener que hacer frente en algún momento a estas multas, lo más crucial es que los pensionistas mantengan actualizada su información ante la Seguridad Social. Para ello pueden hacerlo a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, o presencialmente en los Centros de Atención e Información (CAISS) e incluso llamando al 901 502 050 para solicitar los formularios necesarios.
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