Sanciones
La CNMC multa a Endesa y Naturgy con 1,2 millones por omitir información relevante en la factura
Ambas compañías incumplieron la obligación de incluir un código QR/vínculo al comparador de ofertas de Competencia, aunque el importe de la sanción se ha reducido tras formalizarse los pagos en periodo voluntario

Edificio de la sede de Naturgy. / EP
EFE
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado a Endesa y Naturgy con 1,2 millones de euros en total (600.000 euros cada una) por omitir en sus facturas información relevante para los consumidores, aunque el importe se ha reducido después al pagar ambas en periodo voluntario.
Así lo ha informado este miércoles el organismo en una nota de prensa, en la que recuerda que las compañías eléctricas están obligadas a incluir un código QR/vínculo al comparador de ofertas de gas y electricidad de la CNMC para que el cliente pueda conocer su consumo y comparar los precios que ofrecen otras empresas.
Sin embargo, Endesa Energía y Naturgy Iberia "omitieron cierta información", por lo que Competencia ha decidido multar con 600.000 euros a cada comercializadora, el tope máximo para las infracciones leves. Las actuaciones partieron de dos particulares que denunciaron haber recibido facturas sin el contenido mínimo exigido.
De acuerdo con la CNMC, la instrucción de los expedientes acredita que Endesa Energía incluyó códigos QR/vínculos incorrectamente parametrizados y que Naturgy Iberia omitió el código QR/vínculo al comparador en algunos de sus recibos.
Fuentes de Naturgy han explicado a EFE que la modalidad de facturación sancionada por la CNMC se limita al Plan de Cuotas Fijas, que en 2024 suponía menos del 0,3% del total de su cartera de clientes de electricidad y gas. Es más, desde 2022, la compañía no ofrece esta modalidad de contratación entre sus servicios.
De cualquier modo, en el caso de Endesa se ha minorado la sanción en un 20%, a la cuantía de 480.000 euros; en tanto que a Naturgy se le ha reducido en un 40%, a 360.000 euros, por haber realizado el pago en periodo voluntario.
Contra estas resoluciones puede interponerse recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.
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