RENTA

Estas fueron las multas más comunes de la de declaración de la Renta del año pasado: así puedes evitarlas en 2025

Hacienda abre el plazo para presentar los documentos necesarios con respecto al IRPF el próximo 2 de abril

Hacienda señala las multas más comunes impuestas en la anterior declaración de la Renta.

Hacienda señala las multas más comunes impuestas en la anterior declaración de la Renta.

Miles de ciudadanos tendrán que presentar su declaración de la Renta desde este próximo 2 de abril, cuando se abra el plazo para llevar a cabo todos los trámites y facilitar los documentos y cuentas necesarias sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). A pesar de que es un trámite que deben hacer cada año todas las personas que reciban ingresos anuales superiores a los 22.000 euros, en cada ejercicio se descubren diversos fallos y acciones fraudulentas que obliga a la administración a imponer cuantiosas multas a los afectados.

Para evitar incurrir en estas situaciones en este próximo ejercicio, Hacienda ha hecho públicas las sanciones que más se repitieron el año pasado en la declaración de la Renta y que costó a los afectados hasta 250 euros en multas por saltarse la normativa establecida.

Entre ellas se encuentra el no presentar en el plazo dispuesto las declaraciones sin que se produzca perjuicio económico. Tal y como se puede observar en la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, quienes no cumplan las fechas preestablecidas tendrán que hacer frente a una multa de 200 euros.

Estos plazos arrancan el día 2 de abril hasta el 30 de junio para la presentación por Internetmientras que para quien prefiera hacerlo por teléfono deberá hacerlo entre el 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2025. Por último, quienes prefieran confeccionarla de forma presencial en alguna de las oficinas de la Agencia Tributaria lo podrán hacer entre el 2 de junio y el 30 de junio de 2025.

"Si se hubieran presentado en plazo autoliquidaciones o declaraciones incompletas, inexactas o con datos falsos y posteriormente se presentara fuera de plazo sin requerimiento previo una autoliquidación o declaración complementaria o sustitutiva de las anteriores, no se producirá la infracción", aclara la normativa.

Multas de 200 euros por declaraciones incompletas

Otra de las problemáticas encontradas por la Agencia Tributaria se centra en incumplir la obligación de comunicar el domicilio fiscal o el cambio del mismo. "La infracción prevista en este apartado será leve. La sanción consistirá en multa pecuniaria fija de 100 euros", recalca el texto, que asegura que si se incumplen las condiciones de determinadas autorizaciones, como puede ser las aduaneras, o las condiciones a las que quedan sujetas las mercancías, la sanción será de 200 euros.

Además, también se han encontrado un gran número de declaraciones que se han presentado de forma incompleta, inexacta o con datos falsos de autoliquidaciones o declaraciones, lo que está tipificado con una multa de 150 euros. Además, si se presentan las autoliquidaciones o documentos por medios distintos a los electrónicos, informáticos y telemáticos dispuestos en la convocatoria, la sanción será de 250 euros.

Sin embargo, existe una serie de supuestos en los que estas sanciones pueden quedar extinguidas, entre las que se encuentra el fallecimiento del sujeto infractor y el transcurso del plazo de prescripción para imponer las sanciones, que será de cuatro años y comenzará a contarse desde el momento en que se cometió la infracción. Además, la sanción también quedará extinguida tras la compensación o condonación de la deuda y el pago o el cumplimiento de la sanción.

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