FRAUDE

Media España está en alerta por todas las multas puestas a quienes hacen esto y cobran ayudas del SEPE

Estos ciudadanos se enfrentan a sanciones que van desde los 7.501 euros a los 225.018, según la gravedad de los hechos

La Inspección de Trabajo alerta a los ciudadanos de las sanciones a las que se pueden enfrentar si hacen esto cobrando el paro.

La Inspección de Trabajo alerta a los ciudadanos de las sanciones a las que se pueden enfrentar si hacen esto cobrando el paro. / Eduardo Parra - Europa Press - Archivo

Ante el incremento de los fraudes laborales detectados, la Inspección de Trabajo ha endurecido las sanciones a las que se tendrán que enfrentar tanto los empresarios como los trabajadores que incurran en una de las ilegalidades más comunes de la actualidad. Se trata de los casos en los que un ciudadano compatibiliza un empleo irregular con una prestación del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), como el paro.

Unos hechos que podrían llevar al propio trabajador y a su empleado a tener que hacer frente a multas de hasta 225.018 euros al tratarse de una falta "muy grave". Así se plasma en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que afirma que estas sanciones están destinadas a aquellos empresarios que tengan en su plantilla a personas que estén recibiendo el paro o cualquier otra prestación incompatible con el trabajo.

Sin embargo, no solo serán sancionados los empleadores que tengan contratados de forma ilegal a estos trabajadores, sino que los propios empleados también serán multados si reciben estas prestaciones a la vez que trabajan, tanto si son trabajadores por cuenta ajena como propia. Esto se debe a que, con esta actuación, se lleva a cabo una doble irregularidad al obtener el trabajador ingresos sin cotizar y recibir una ayuda pública destinada a desempleados cuando no se encuentra en esa situación.

"Se considera infracción muy grave actuar fraudulentamente con el fin de obtener prestaciones indebidas o superiores a las que correspondan, o prolongar indebidamente su disfrute mediante la aportación de datos o documentos falsos: la simulación de la relación laboral; y la omisión de declaraciones legalmente obligatorias u otros incumplimientos que puedan ocasionar percepciones fraudulentas", señala al respecto la administración.

Cobrar el paro y el salario, una infracción "muy grave"

Además, añade: "También son infracciones graves compatibilizar la solicitud o el percibo de prestaciones o subsidio por desempleo, así como la prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos, con el trabajo por cuenta propia o con el trabajo por cuenta ajena".

Asimismo, recalca que también son infracciones de este tipo la connivencia con el empresario para la obtención indebida de cualquier prestación de la Seguridad Social.

Todos estos supuestos están sancionados con multas de entre 7.501 y 225.018 euros, dependiendo del periodo en el que el trabajador ha estado cobrando de forma indebida, el número de empleados que se encuentran en esta situación en la empresa, la duración del fraude y el perjuicio económico que ha supuesto este engaño a la Seguridad Social.

De ese modo, la administración ha establecido que las multas pueden ser de entre 7.501 a 30.000 euros en su grado mínimo, de 3.001 a 120.005 euros en su grado medio; y de 120.006 a 225.018 euros en su grado máximo.

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