COTIZACIÓN
Revolución en las pensiones de la Seguridad Social: cómo ganar 5 años extra en tu cotización sin trabajar
A partir de este año, para poder jubilarse con 65 años, es necesario haber cotizado 38 años o más

Esta es la única forma que hay para cotizar sin trabajar
Pedro Sanjuán
Desde el año pasado, el sistema de jubilación en España ha experimentado cambios significativos que afectan a todos los ciudadanos. La Seguridad Social ha introducido modificaciones en las condiciones para jubilarse y ha ampliado las opciones con los llamados convenios especiales, destinados a mejorar las condiciones económicas de los trabajadores que se enfrentan a dificultades para completar su vida laboral.
Con todo, los requisitos para acceder a la jubilación se han endurecido. A partir de este año, para poder jubilarse con 65 años, es necesario haber cotizado 38 años o más. De no alcanzar dicha cifra, el trabajador deberá esperar hasta los 66 años y 8 meses para poder retirarse de la vida laboral.
Este cambio supone un desafío para muchos trabajadores que, por diferentes motivos, no han podido cumplir con el número de años cotizados. Circunstancias personales o laborales, como el desempleo prolongado, pueden hacer que algunas personas queden fuera del mercado laboral sin poder alcanzar los años requeridos, generando incertidumbre sobre su futuro económico.
¿Qué son los convenios especiales?
Para apaciguar el impacto de esta nueva normativa, la Seguridad Social también ha puesto en marcha los convenios especiales, una alternativa que permite a los trabajadores incrementar su cotización aunque ya no estén empleados. Esto les ofrece la posibilidad de mejorar sus pensiones de jubilación y asegurar una mayor estabilidad económica en el futuro.
Estos convenios están especialmente dirigidos a personas que no han podido tener una vida laboral continua y completa. Suscribirse a uno de estos convenios permite que los trabajadores sigan cotizando por su cuenta, cubriendo lo que anteriormente pagaba su empleador.
Requisitos de acceso
Como cabe esperar, no todos los trabajadores pueden acogerse a los convenios especiales; existen requisitos específicos que deben cumplir. Los principales son:
- Haber cotizado al menos 15 años a lo largo de la vida laboral.
- De esos 15 años, al menos 2 años deben haber sido cotizados durante los últimos 15 años antes de la jubilación.
Este sistema está pensado para personas mayores de 55 años que, por diversas razones, se han dado de baja en la Seguridad Social o no alcanzan los requisitos necesarios para optar a la jubilación.
¿Quién puede beneficiarse?
La Seguridad Social define varios perfiles de trabajadores que pueden beneficiarse de estos convenios especiales. Entre ellos destacan:
- Aquellos que hayan causado baja en cualquier Régimen sin estar en otro empleo.
- Trabajadores por cuenta ajena indefinidos.
- Quienes tengan 65 años o más y se encuentren en situaciones de pluriempleo o pluriactividad.
- Trabajadores que han dejado su actividad y son contratados con una base de cotización inferior a la de su último año.
- Pensionistas con incapacidad permanente parcial o total que hayan seguido trabajando después de recibir su pensión.
- Personas que han dejado de cobrar prestaciones por desempleo o han perdido su pensión por una sentencia judicial.
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