PAGOS
Drástico cambio de Hacienda en los pagos en efectivo: está prohibido abonar esta cantidad en metálico, aunque se fraccione
Esta medida busca reducir posibles fraudes, fomentar la transparencia y garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias

Hacienda avisa de la cantidad que ya no se podrá pagar en efectivo, aunque sea fraccionado / Rocío Ruz - Europa Press
La comodidad que supone el pago con tarjeta o, incluso, a través del propio teléfono móvil o reloj, ha reducido de tal modo el pago en efectivo que cada vez es más común no llevar un solo euro en la cartera. Ante esta situación, y con la intención de controlar los movimientos en efectivo, cuyas operaciones son más difíciles de rastrear y más utilizadas para el blanqueo de capitales o el fraude fiscal, Hacienda ha tomado una drástica decisión: prohibir los pagos en efectivo que sean iguales o superiores a los mil euros.
Así se puede contemplar en la Ley 7/2012, dedicada a la regulación de las limitaciones a los pagos en efectivo, que asegura que estos pagos no pueden ser igual o superiores a los mil euros en el caso de que las personas involucradas sean empresarios o profesionales.
Además, en el caso en el que el pagador sea una persona física que no tiene domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional, este límite se incrementa hasta los 10.000 euros. Esta cuantía máxima no se pueden superar aunque la operación se fraccione en diferentes pagos, ya que los límites establecidos se calculan sumando todos los pagos relacionados con la misma transacción.
La normativa considera efectivo no solo al papel moneda y las monedas metálicas: también a los cheques bancarios al portador y cualquier medio físico o electrónico diseñado para ser usado como medio de pago directo por el portador. Estas limitaciones están recogidas en el artículo 7 de la Ley 7/2012, que también obliga a las partes intervinientes a conservar los justificantes de las operaciones realizadas con medios distintos al efectivo durante cinco años.
Estos documentos deben presentarse ante la Agencia Tributaria si así se requiere, para demostrar que los pagos cumplieron con la normativa. Existen excepciones importantes, como los pagos realizados a través de entidades de crédito o las operaciones de cambio de moneda supervisadas por el Banco de España.
Cualquier persona que detecte el incumplimiento de esta normativa puede denunciarlo ante la Agencia Tributaria en un plazo de tres meses desde la fecha de la operación. La denuncia debe detallar la operación, incluir el importe total pagado en efectivo e identificar a la otra parte implicada. Es importante destacar que quien denuncie primero quedará exonerado de responsabilidad, pero si ambas partes presentan la denuncia simultáneamente, ninguna quedará exenta.
El incumplimiento de estas limitaciones está considerado como una infracción administrativa grave. Las sanciones pueden alcanzar el 25% del importe pagado en efectivo, y tanto el pagador como el receptor son responsables solidarios, lo que significa que la Agencia Tributaria puede dirigirse contra cualquiera de ellos para aplicar la sanción correspondiente. La infracción prescribe a los cinco años desde que se cometió, mientras que las sanciones tienen un plazo de prescripción de cinco años a partir de que se dicte y sea firme la resolución sancionadora.
Con estas medidas, Hacienda busca reducir el uso fraudulento del efectivo, fomentar la transparencia y garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Estar informado sobre estas normativas no solo permite evitar sanciones, sino también contribuir a la lucha contra el fraude fiscal.
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