AYUDAS
Estas son todas las ayudas públicas que no tienes que incluir en la Declaración de la Renta: están exentas
La Agencia Tributaria ha mostrado el listado completo de las subvenciones que no están sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Estas son todas las ayudas públicas que no tienes que incluir en tu próxima Declaración de la Renta / Álex Zea / LMA
El Gobierno anunció la pasada semana una nueva línea de ayudas de hasta 30.000 euros para los jóvenes menores de 35 años que firmen un contrato de alquiler con opción a compra de una vivienda con protección permanente. Una ayuda que aún no se ha aprobado pero que ya se sabe que tendrá que incluirse en la Declaración de la Renta, al igual que ocurre con el bono de alquiler.
Ante esta situación, son muchos los ciudadanos que se preguntan si todas las ayudas públicas están sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), un extremo que niega la propia Agencia Tributaria, que ha mostrado el listado de todas las subvenciones que están exentas de este impuesto, por lo que no habrá que incluirlas en la próxima declaración.
En el amplio listado de ayudas exentas, conforme establece el artículo 7 de la Ley del Impuesto, se encuentran las indemnizaciones por daños personales derivadas de contratos de seguro de accidentes, las indemnizaciones por despido o cese del trabajador, las ayudas por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, y las ayudas económicas, indemnizaciones, pensiones y condecoraciones concedidas por actos de terrorismo en solidaridad con las víctimas.
Todas las ayudas públicas exentas del IRPF
Entre las ayudas exentas de tributar también se incluyen las percibidas por los afectados por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), las indemnizaciones por accidentes abonadas por una entidad aseguradora como consecuencia de la responsabilidad civil del asegurado y las indemnizaciones de las Administraciones Públicas por daños personales como consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos.
Además, estas exenciones engloban también a las ayudas sociales a personas con hemofilia u otras coagulopatías congénitas que hayan desarrollado la hepatitis C como consecuencia de haber recibido tratamiento en el sistema sanitario público, así como las indemnizaciones por la privación de libertad en sistemas penitenciarios.
Los beneficiarios de estas ayudas no tendrán que incluirlas en la Declaración de la Renta
De igual modo, la Agencia Tributaria ha explicado que otras ayudas exentas son las prestaciones por maternidad o paternidad, y las familiares no contributivas, así como las pensiones de orfandad y a favor de nietos y hermanos menores de 22 años o incapacitados para todo trabajo, percibidos de los regímenes públicos de la Seguridad Social y clases pasivas.
Lo mismo ocurre con las prestaciones por nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción, maternidad o paternidad o con hijo a cargo, así como las vinculadas al cuidado de personas en situación de dependencia. De igual modo, no habrá que declarar las cantidades percibidas de instituciones públicas con motivo del acogimiento de menores, personas con discapacidad o mayores de 65 años.
Las becas, otras de las ayudas exentas del IRPF
A esto se suman las ayudas económicas a personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65% o mayores de 65 años para financiar su estancia en residencias o centros de día, las becas públicas y las becas concedidas por las entidades sin fines lucrativos percibidas para cursar estudios reglados, tanto en España como en el extranjero, o para el personal investigador.
Misma situación se produce con las ayudas a los deportistas de alto nivel, así como las concedidas a los miembros de misiones internacionales de paz o humanitarias.
También ocurre lo mismo con la prestación de la Seguridad Social del Ingreso Mínimo Vital, las rentas mínimas de inserción, las ayudas para atender a colectivos en riesgo de exclusión social, las ayudas concedidas a las víctimas de delitos violentos y a las víctimas de violencia de género. Por último, entre las excepciones se encuentran también los premios literarios, artísticos, o científicos relevantes.
