Tribunales

El TSJA rebaja la pena a dos hombres que asesinaron a otro

josé antonio sau. Málaga

El Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial condenó en su día a un total de 34 años de cárcel a dos colombianos que, tras tener una pelea con tres españoles a las puertas de un pub de Ronda, volvieron a su casa, cogieron varios cuchillos y después asesinaron a uno de sus enemigos. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado parcialmente los argumentos de los recursos de los acusados y les ha rebajado sensiblemente la pena, de forma que sólo cumplirán 22 años de privación de libertad (14 el autor material y ocho el cómplice).

Según el apartado de hechos probados de la sentencia de primera instancia, "el 18 de diciembre de 2005, Luis M. H., su sobrino y un amigo se encontraban en la discoteca ´Muelle 11´ de la plaza Carmen Abela de Ronda. El primero discutió con los procesados Larry . A. C. E. y Cristian A. L. R., naturales de Colombia".

La pelea continuó en la calle, de forma que los encausados se fueron del lugar y acudieron a su casa. Se cambiaron de chaqueta, se hicieron con varios cuchillos de cocina y tomaron la decisión de matar a Luis.

Volvieron a la discoteca. Larry trató de golpear al sobrino de Luis, éste esquivó el manotazo, por lo que se dirigió al tío. "Éste había quedado solo y desarmado. El acusado llevaba un cuchillo en la mano y sacó otro que había escondido en la chaqueta, de forma que comenzó a darle puñaladas, propinándole cuatro", dice el fallo. Al mismo tiempo, Cristian se colocó detrás de su compañero y, mientras portaba un cuchillo con la punta roma, trataba de que nadie se acercara al lugar de los hechos. Ambas conductas fueron consideradas por el jurado como asesinato. Las partes aseveran que la sentencia no estaba motivada y que Larry lo único que hizo fue defenderse.

El TSJA dice que la sentencia "supera holgadamente el mínimo de justificación", al tiempo que añade que los acusados "volvieron al lugar de los hechos con la intención de matar a Luis", lo que ya de por sí puede considerarse como homicidio.

El Alto Tribunal andaluz adivina un plan preconcebido para matar a la víctima, aunque no ve alevosía en los hechos y, por tanto, no puede calificarlos de asesinato. "El mutuo acercamiento de ambos grupos, la existencia de una primera pelea, y el hecho de que Larry llevara un cuchillo en la mano presentan un cuadro incompatible con la alevosía, al existir una aceptación voluntaria del enfrentamiento, en un contexto evidente de tensión, que excluye la sorpresa del ataque", explican los magistrados, quienes califican el suceso de homicidio con abuso de superioridad, aunque concluyen que la aportación de Cristian "no puede ser imprescindible", por lo que su conducta le hace merecedor del calificativo de cómplice.

Tracking Pixel Contents