medio ambiente
La ordenanza de limpieza se aplicará en el mes de marzo

Limpieza. La recogida y el depósito de basuras tendrán una nueva regulación municipal. / Carlos Criado
alfonso vázquez. Málaga
Aunque se ha ´escuchado menos´ que la ordenanza de ruidos, el área de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Málaga impulsó a la vez la normativa sobre contaminación acústica y la llamada ordenanza municipal para la Limpieza de Espacios Públicos y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos en la ciudad de Málaga.
Después de ser aprobada inicialmente en el pleno municipal de noviembre, incluidas gran parte de las enmiendas presentadas por el PSOE, el boletín oficial de la provincia publicó la ordenanza el pasado 23 de diciembre.
La concejala de Medio Ambiente, Araceli González, ha explicado a este diario que una vez que pasen los 30 días preceptivos para presentar alegaciones y se resuelvan, la nueva ordenanza de basuras podría estar lista "en marzo con sanciones adaptadas a los tiempos".
Araceli González confía en que esta nueva normativa con sanciones "contundentes" conciencie a los malagueños sobre la necesidad de aumentar entre todos el civismo.
Así, en el régimen sancionador de la ordenanza se castiga con multas que van desde los 1.501 euros hasta los 3.000, por considerarlas infracciones muy graves, depositar en los contenedores instalados en la calle la basura que no tengan consideración de residuos sólidos urbanos; colocar carteles publicitarios, pintar grafitis o actuaciones similares en edificios de carácter histórico artístico.
También se considerará infracción muy grave la realización de un acto público sin las correspondientes operaciones de limpieza y recogida de residuos.
Además, se consideran infracciones graves, con multas desde los 751 hasta los 1.500 euros acciones como el no dejar la basura en contenedores o el efectuar en la calle las operaciones propias de las obras o no limpiar diariamente la zona afectada por esta obra.
Tirar colillas. Entre las conductas prohibidas por la ordenanza, estimadas infracciones leves y sancionadas con multas de hasta 750 euros, se encuentra el arrojar a la vía pública cualquier tipo de desperdicios "tanto directamente como desde los vehículos, ya estén parados o en marcha". Colillas, botellas, cáscaras, papeles y chicles se incluyen entre la prohibiciones. También estará sancionado con multas de hasta 750 euros el escupir en la calle "y satisfacer las necesidades fisiológicas en la vía pública o en cualquier otro espacio que no sea destinado expresamente a tal fin".
Además, establece que el depósito de residuos en los contenedores deberá hacerse de 21 a 23 horas, si la recogida es nocturna, y desde las 23 horas si es diurna. En los contenedores soterrados el horario ininterrumpido será de 9 a 22 horas.
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