La concejala de Comercio del Ayuntamiento de Málaga, Purificación Pineda, informó hoy que el Consistorio está impulsando la tramitación del proyecto de ordenanza reguladora del procedimiento de ejercicio de actividades mediante declaración responsable, comunicación previa y licencia de apertura de establecimientos, con la que se culminaría el proceso de simplificación administrativa para la apertura de empresas.

Como recordó la edil, el proceso de simplificación administrativa para la apertura de nuevos establecimientos se inició en 2007. De hecho el número de expedientes de apertura pendientes de resolución se ha reducido en más de 5.000 en sólo 24 meses.

Así las medidas adoptadas han permitido en tres años --2007/2010-- reducir de un año a tres meses el plazo para obtener permiso municipal de aperturas. En el 60 por ciento de los casos se ha eliminado el trámite de la licencia de apertura, sustituido por una declaración responsable del interesado.

Estas mejoras municipales han supuesto desde 2008 un ahorro al tejido comercial y empresarial estimado en unos 20 millones de euros anuales en gastos de establecimiento previos a la apertura, fundamentalmente porque los comercios pueden abrir casi desde la formalización de sus contratos de alquiler, arrendamiento o compra, tal y como indicó el Consistorio en un comunicado.

Asimismo, se estima que la reducción de plazos ha permitido que los empresarios generen unos 1.000 contratos de trabajo anuales más en el sector comercio y servicios, por ello, Pineda destacó que la eliminación de trámites y la reducción de plazos y del intervencionismo público permite que las empresas arranquen de manera inmediata y creen trabajo antes, algo vital en el tiempo de crisis actual, y puso de manifiesto "el decidido apoyo del Ayuntamiento al tejido empresarial de Málaga".

Nueva ordenanza

El proyecto de la ordenanza recibiría luz verde el en la próxima junta de gobierno local. Tras este trámite, se elevará a pleno para su aprobación inicial, se procederá a la apertura del período de información pública y posteriormente la aprobación definitiva.

Tiene por objeto regular el procedimiento de ejercicio de actividades mediante declaración responsable, comunicación previa y licencia de apertura de establecimientos incluyendo, en general, cualquier actividad distinta al uso de vivienda y sus instalaciones complementarias, en el término municipal de Málaga, así como la verificación del cumplimiento y mantenimiento de las condiciones establecidas en aquellas.

Como se detalla en la exposición de motivos del proyecto de ordenanza, la Ley 17/2009, de 23 noviembre, sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, establece un principio general según el cual el acceso a una actividad de servicios y su ejercicio no estarán sujetos a un régimen de autorización.

Únicamente podrán mantenerse regímenes de autorización previa cuando no sean discriminatorios, estén justificados por una razón imperiosa de interés general y sean proporcionados. En particular, se considerará que no está justificada una autorización cuando sea suficiente una comunicación o una declaración responsable del prestador, para facilitar, si es necesario, el control de la actividad.

Además, al no haberse desarrollado normativamente en Málaga esta materia, con la Ordenanza propuesta se persigue dotar a este tipo de procedimientos de una regulación específica que garantice la seguridad jurídica a los prestadores de servicios en el libre acceso a las actividades.

Por todo ello, dentro de la línea marcada por la nueva normativa, la nueva Ordenanza pretende facilitar y facultar la puesta en marcha de determinadas actividades que, por su menor impacto urbanístico, podrán iniciarse sin previa licencia municipal desde el día de la presentación de la declaración responsable, sin necesidad de esperar a la finalización del control municipal, el cual se mantiene aunque se articule a posteriori, con la excepcionalidad de exigencia de aquellos informes de la propia Administración que suponen un estudio específico y pormenorizado previo y necesario, como son los instrumentos de control y prevención ambiental o informes urbanísticos de uso.

De este modo, la presentación de la declaración responsable y la toma de conocimiento por parte de la Administración no supone una autorización administrativa para ejercer una actividad, sino un medio para que la Administración conozca la existencia de dicha actividad y activar las comprobaciones pertinentes.

Del mismo modo, y de acuerdo a la Directiva, se han determinado algunas excepciones que, siendo proporcionadas y no discriminatorias, y debidamente justificadas por razones de salud pública, de protección del medio ambiente, de orden público o de seguridad pública, seguirán con el antiguo régimen de obtención de licencia de apertura, según sentenció el Consistorio.