Julio G. C. se enfrenta a una multa 2.160 euros por conectarse sin conocimiento de la empresa a la red de abastecimiento de agua sin pagar la correspondiente cuota a Emasa. Este vecino de la capital ha sido acusado de un supuesto delito de defraudación de agua y, además de la multa, podría hacer frente al pago de una responsabilidad civil de 3.841 euros, lo que supone un auténtico dolor de cabeza para cualquiera.

Lo cierto es que casos como éstos antes de la crisis económica, que se empezó a notar con fuerza en el verano de 2008, eran testimoniales, casi anecdóticos, pero desde esa fecha se han convertido en algo habitual, según explica el fiscal jefe de Málaga, Antonio Morales, a este periódico. Y no sólo en relación con el agua, sino que también ocurre con la electricidad, la telefonía y diversos tipos de energía.

«Antes no veíamos más de uno o dos casos de este tipo por año, pero la media ha crecido mucho, de forma que ahora estamos investigando siete casos al mes, al menos desde que estalló la crisis económica», subraya Morales.

Ello indica, en cualquier caso, que muchas familias, además de hacer frente al pago de las hipotecas y de otros gastos tales como comida o ropa, no pueden ni siquiera costearse el consumo de luz o de agua, fundamentalmente.

La escasez de medios agudiza el ingenio. Algunos se «enganchan» ilegalmente al fluido eléctrico para no pagar la luz o incluso realizan lo que se conoce como un «puenteo», aunque con el agua, señala el fiscal jefe, es mucho más fácil puesto que sólo hay que conectarse a la tubería más cercana.

«Las compañías suelen detectar estas prácticas y cortan la luz, el agua o el resto de fluidos según entiendan, pero si la deuda pasa de 400 euros ya estamos hablando de un delito y las empresas presentan la correspondiente denuncia ante el juzgado decano», recalca el fiscal jefe.

Estas personas, por tanto, reinciden una y otra vez, lo que podría explicarse en la escasez de las penas con la que se castiga estos delitos. Esta infracción penal está descrita en el artículo de 255 del Código Penal y se considera un delito de defraudación.

De esta forma, el ilícito está castigado con penas de entre tres y doce meses más el pago de una responsabilidad civil similar al valor del fluido consumido ilícitamente.

Antes de consumarse la denuncia, la compañía suele cortar en varias ocasiones al fluido, pero en muchas ocasiones ambas partes llegan a un acuerdo antes de llegar al juicio.

¿Cómo logran burlar los controles legales establecidos por Empresas como Emasa o Endesa? El Código Penal contempla que este delito se puede producir instalando mecanismos caseros para realizar la defraudación, o bien «alterando maliciosamente las indicaciones o aparatos contadores».

También se castiga el uso de «cualesquiera otros medios clandestinos», indica el texto. «Solemos ver pocas defraudaciones de gas, dada la peligrosidad de alterar su distribución para evitar pagar; en cuanto al consumo de telefonía, el fraude que se produce en ese sector es también testimonial, al igual que ocurre con otros fluidos energéticos», recalca Antonio Morales.

«Esto se explica, evidentemente, por la mala situación económica que atraviesan muchas familias. Algunas veces no se llega a juicio porque el responsable del presunto delito llega a un acuerdo con la compañía suministradora y hace frente a parte de lo que debe», aclara.

Si la persona que defrauda tiene antecedentes penales, lógicamente la multa a imponer en fase de juicio oral por el juez será mayor. En el caso de Julio G. C. la empresa cortó el suministro de agua precintando las tuberías. A pesar de ello, y pese a los sucesivos cortes, «se conectó en numerosas ocasiones a la red de abastecimiento de agua, habiendo consumido ésta por un importe en total ascendente a 3.841 euros».