Sólo seis personas fueron condenadas por provocar incendios forestales en 2009 y 2010, según los datos de la Fiscalía de Medio Ambiente. En total, se celebraron nueve juicios, y hubo tres absoluciones. De este ejercicio aún no hay datos.

Además, los juzgados de Instrucción de la provincia abrieron 28 investigaciones por delitos de incendio en 2010, idéntico número al registrado el año anterior. Además, llama la atención que la Fiscalía no abrió ninguna investigación propia por este motivo durante el pasado ejercicio, lo que se debe, en parte, a que no se desarrolló una «campaña de vertederos»; en 2009 sí la hubo, por lo que se incoaron 94 diligencias de investigación, todas archivadas.

Las penas con las que se castiga el delito de incendio forestal van de uno a cinco años de cárcel y multa, aunque si existe peligro para la vida de las personas la carga punitiva oscila entre los diez y los veinte años.

Las penas señaladas se imponen en su mitad superior siempre que el fuego calcine una superficie de considerable importancia, haya una gran erosión en el suelo, se alteren las condiciones de vida animal o vegetal, si se destruyen recursos naturales o el autor trata de sacar beneficio económico de su acción. Si el fuego no se propaga la cárcel oscila entre los seis meses y el año, aunque no habrá castigo si él mismo trata de apagar el fuego.

En caso de imprudencia grave, como podría ocurrir en Mijas, las penas oscilan entre uno y cuatro años de cárcel.