Protección de datos
Los entresijos de la videovigilancia
El Ayuntamiento de Málaga tuvo que reorientar hace unas semanas las cámaras de la Casona del Parque porque según Protección de Datos infringían la ley al grabar la vía pública
Marina Fernández
Hace unos días, la Agencia de Protección de Datos puso en un aprieto al Ayuntamiento de Málaga. En una resolución requirió al Consistorio que reorientara las cámaras exteriores del edificio de la Casona del Parque porque entendía que su instalación infringía la ley al abarcar más allá de lo que es el propio edificio. Captaba parte de la vía pública y los aledaños.
Por ello, el Ayuntamiento ordenó a la empresa que se ocupa del mantenimiento de las cámaras que las reorientara para evitar así una sanción del organismo oficial, que según dicen podría rondar los 300.000 euros.
De este modo ha enviado a la agencia la documentación con los cambios, así como fotos con las nuevas vistas desde los sistemas de grabación, y aún está a la espera de que se archive el procedimiento de requerimiento, el paso previo a la sanción.
Además, el equipo de gobierno se ha comprometido a revisar la videovigilancia ubicada en los edificios municipales para comprobar si las cámaras que están bajo su jurisprudencia cumplen con la normativa vigente en materia de protección de datos y corregirlas si fuera necesario.
El concejal de Seguridad del Consistorio, Julio Andrade, señaló ayer a este periódico que ya están revisando las cámaras de todas las instalaciones. «Además vamos a hacer nuevos ficheros específicos que se entregarán a Protección de Datos», señaló. El edil manifestó su interés personal y profesional por mejorar. «Vamos a seguir trabajando y reorientar lo que sea necesario».
Asimismo, recordó que no toda la videovigilancia de la ciudad es competencia del Ayuntamiento, sino que la mayor parte lo es de la Policía Nacional. Las cámaras que pertenecen al Ayuntamiento están ubicadas en los exteriores de los edificios del Consistorio, como por ejemplo el Archivo Municipal. «No nos constan más procedimientos contra el Ayuntamiento ni denuncias ciudadanas», reconoce el concejal, que evitó explicar dónde hay instalados sistemas de videovigilancia, dada la función de seguridad que llevan a cabo.
El edil admite que aún hay aspectos por mejorar. Es por esto que van a ampliar la cifra de carteles que indican la existencia de cámaras, «que no haya que buscar el cartel, que se vea a la primera», dijo.
Y es que a este respecto, la Ley de Protección de datos es muy clara. «El distintivo informativo a que se refiere el artículo (...) deberá incluir (...) una mención a la finalidad para la que se tratan los datos ´Zona videovigilada´ y una mención expresa a la identificación del responsable ante quien puedan ejercitarse los derechos (...) de Protección de Datos de Carácter Personal». En este caso, debe informar de ello la Policía Local.
Además, en el BOE del 12 de diciembre de 2006, se dispone que «la seguridad y la vigilancia, elementos presentes en la sociedad actual, no son incompatibles con el derecho fundamental a la protección de la imagen como dato personal, lo que en consecuencia exige respetar la normativa existente». La agencia explicó ayer a este diario que está prohibido emplazar cámaras que enfoquen la vía pública más allá de la finalidad de protección y seguridad de un edificio. «Sólo se puede si es por orden judicial», aseguraron ayer las fuentes.
De este modo, aseguran que de igual modo está prohibido difundir las imágenes. El Ayuntamiento de la capital malagueña podría incumplir este punto, puesto que la página web www.malagaturismo.com, propiedad del Consistorio, emite imágenes en directo de hasta 18 puntos de la ciudad, entre los que se encuentran, además de lugares emblemáticos del Centro Histórico, otros como la zona de Martín Carpena, Churriana, el Jardín Botánico o el PTA.
Identificación. La agencia asegura que mientras no se reconozca a las personas, el Ayuntamiento no ha traspasado los límites legales. «La presente Instrucción se aplica al tratamiento de datos personales de imágenes de personas físicas identificadas o identificables, con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras y videocámaras. Se considerará identificable una persona cuando su identidad pueda determinarse mediante los tratamientos a los que se refiere la presente instrucción», reza la ley.
En este sentido, Andrade aseguró desconocer que existan estas cámaras, e indicó que son muchas las imágenes que se pueden ver en internet. Aún así, el concejal reconoció que la información acerca de la Ley es compleja, por lo que anima a los ciudadanos a informarse al respecto. «Las cámaras de los negocios también podrían ser objeto de sanciones en caso de incumplir la norma», añadió.
PERFILVariedad de denunciantes
Las denuncias presentadas ante la Agencia Española de Protección de Datos parten por lo general de la persona que siente vulnerado su derecho a la intimidad, pero en el caso de la videovigilancia pueden ser empleados municipales, vecinos, etc.
CRÍTICASReciente denuncia en Sevilla por no poner los carteles informativos
El grupo de juristas 17 de Marzo ha presentado una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos por una posible vulneración de varios artículos de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) por parte del Ayuntamiento de Sevilla, al no haber señalizado todavía las cámaras de videovigilancia tras la derogación del Plan Centro.
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