El juzgado de Instrucción número 1 de Marbella citó a declarar a José María del Nido, presidente del Sevilla Fútbol Club, como imputado el pasado 26 de enero, por su presunta implicación en una pieza separada del caso Minutas. Sin embargo, la comparecencia jamás se produjo porque la defensa del jurista sevillano recurrió ese auto, un recurso al que se ha adherido la Fiscalía Anticorrupción al entender que los delitos que se investigan en este proceso ya se juzgaron en Minutas, por lo que se aplica el principio de cosa juzgada o non bis in idem.

El juez decidió atrasar la declaración de Del Nido hasta que el Consistorio identificase a qué minutas correspondían diferentes retribuciones profesionales percibidas en los últimos cuatro meses de 2002 y los dos primeros de 2003. Todas ellas fueron objeto de acusación en el juicio de Minutas ya celebrado. Sin embargo, el juez Manuel Jaén, que ha abandonado el juzgado, por cierto, entendió que había tres minutas que no fueron objeto de acusación.

En concreto pretendía tomar declaración al expresidente del Sevilla Fútbol Club como cooperador necesario de un delito de malversación de caudales públicos y otro de falsedad en documento mercantil. Ya en su auto, el juez hacía la advertencia de que la declaración de Del Nido se iba a celebrar con el objetivo de determinar si existía delito.

Lo que se buscaba era concluir si el presidente del Sevilla cobró tres minutas en 2003 gracias a otros tantos decretos en los que se autorizaba supuestamente el pago. La cuantía ascendía a más de 191.000 euros, dinero que salió de una empresa del Consistorio.

La defensa recurrió el auto de imputación al entender que esas tres facturas objeto de discusión se analizaron en el juicio de Minutas y nadie puede ser acusado dos veces por el mismo delito.

El juzgado recabó diversa documentación y se constató que se trataba de tres pagos de una iguala mensual y existía una transferencia equivalente. Asimismo, se comprobó que esos honorarios están en la causa nueva y son «proforma» de los ya enjuiciados.

Diligencias. «Es un delito ya enjuiciado», reconocen las fuentes judiciales consultadas, que recalca que para detectar si existía delito se pidió documentación al Consistorio y al Ayuntamiento, diligencias que han terminado por exonerar a Del Nido en esta pieza separada.

«Se ha de aplicar el principio non bis in idem», explican las mismas fuentes. La Fiscalía Anticorrupción, por tanto, ha informado a favor de la estimación del recurso de reforma interpuesto contra el auto que decretó la nueva imputación de José María del Nido.

El presidente del Sevilla fue condenado a siete años y medio de cárcel por un delito de fraude en concurso con uno de prevaricación y otro de malversación de caudales.